ARTÍCULO

Incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil

El 19 de mayo de 2016, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil dispuso el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil a través de la Resolución 2/2016.

2 de Junio de 2016
Incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil

El 19 de mayo de 2016, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil dispuso el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil a través de la Resolución 2/2016.

En este sentido, resolvió fijar para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, Ley 20.744, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en los que el Estado Nacional actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil conforme los siguientes parámetros:

  • A partir del 1° de junio de 2016, será de seis mil ochocientos diez pesos ($6.810) para los trabajadores mensualizados que cumplan una jornada legal de trabajo completa, y de treinta y cuatro pesos con cinco centavos ($34,05) por hora para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de septiembre de 2016, será de siete mil quinientos sesenta pesos ($7.560) para los trabajadores mensualizados que cumplan una jornada legal de trabajo completa, y de treinta y siete pesos con ochenta centavos ($37,80) por hora para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de enero de 2017, será de ocho mil sesenta pesos ($8.060) para los trabajadores mensualizados que cumplan una jornada legal de trabajo completa, y de cuarenta pesos con treinta centavos ($40,30) por hora para los trabajadores jornalizados.  

El monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil se ajustará proporcionalmente en los casos de contrato a tiempo parcial y jornada reducida.