Impuesto a las ganancias: prórroga del cronograma de anticipos y retenciones

El 26 de octubre de 2004 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) Nº 1756/2004. Esta resolución modificó, en forma excepcional, el cronograma de ingresos de anticipos y retenciones correspondientes al impuesto a las ganancias, cuyos vencimientos estaban previstos para el mes de diciembre de 2004.
De acuerdo con lo que expresa la propia resolución, el cambio fue resuelto por el Poder Ejecutivo de la Nación para ayudar al mejoramiento de la situación financiera de los contribuyentes y de los empleadores en la época final del año en curso.
La resolución dispone que los vencimientos de los anticipos de las sociedades que operaban en diciembre se prorrogan a enero del año 2005.
Por su parte, los vencimientos para las personas físicas y sucesiones indivisas, que también operaban en diciembre, se prorrogan a marzo del año 2005.
Las retenciones que debían efectuarse a los trabajadores en relación de dependencia en diciembre de 2004, serán practicadas en tres partes iguales durante el año 2005: la primer retención deberá efectuarse en oportunidad de realizarse el pago correspondiente al mes de enero de 2005, la segunda deberá efectuarse en oportunidad de realizarse el pago correspondiente al mes de febrero de 2005, y la tercera deberá efectuarse en oportunidad de realizarse la liquidación anual, cuyo vencimiento operará el último día hábil del mes de febrero de 2005.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.