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23 de abril de 2020
Con fecha 18 de abril de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 524/2020 en virtud de la cual se exceptuó de la prohibición de circular a la “actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas”, en el marco de lo establecido en el artículo 2 del Decreto 355/20 del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio.
En ese sentido, la Inspección General de Justicia retomó la atención al público a partir del día 22 de abril de 2020, únicamente en la sede central. Allí solamente se pueden realizar los siguientes trámites:
Finalmente, no se reciben trámites urgentes y solamente se pueden presentar hasta un máximo de tres trámites por turno.
Este artículo es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.