Impacto a nivel Inspección General de Justicia

ARTÍCULO
Impacto a nivel Inspección General de Justicia
23 de Abril de 2020
Impacto a nivel Inspección General de Justicia

Con fecha 18 de abril de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 524/2020 en virtud de la cual se exceptuó de la prohibición de circular a la “actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas”, en el marco de lo establecido en el artículo 2 del Decreto 355/20 del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio.

En ese sentido, la Inspección General de Justicia retomó la atención al público a partir del día 22 de abril de 2020, únicamente en la sede central. Allí solamente se pueden realizar los siguientes trámites:

  1. Para sociedades, fundaciones y asociaciones civiles: cambio de sede social y renovación de autoridades.
  2. Para sociedades cuyo objeto social esté relacionado con alguno de los servicios considerados esenciales en la situación epidemiológica actual: constituciones, cambio de sede social, renovación de autoridades y reforma de estatuto.
  3. Para sociedades extranjeras: inscripción de sucursales y filiales, designación y cesación de representantes.
  4. Denuncias relacionadas a capitalización y ahorro.
  5. Contestación de vistas de trámites habilitados.
  6. Retiro de trámites finalizados.
  7. Presentación de oficios urgentes.

 

Finalmente, no se reciben trámites urgentes y solamente se pueden presentar hasta un máximo de tres trámites por turno.