IGJ implementa la presentación digital de estados contables para Sociedades por Acciones

A partir del 1.° de marzo de 2024, las sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley 19550 deberán presentar sus estados contables y documentación relacionada ante la Inspección General de Justicia (IGJ) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presentación debe hacerse de forma digitalizada a través del servicio denominado "Presentación Digital de Estados Contables de Sociedades Accionarias no comprendidas en el artículo 299 de la LGS", disponible en el sitio web oficial de la IGJ: https://www.argentina.gob.ar/justicia/igj (conforme lo dispuesto por la Resolución IGJ 15/2023).
Las sociedades que podrán presentar sus estados contables por esta nueva modalidad son todas aquellas que NO estén incluidas en alguno de los supuestos del artículo 299 de la Ley 19550, es decir, aquellas sociedades que:
- realicen oferta pública de acciones o debentures;
- tengan un capital social superior a ARS DOS MIL MILLONES (ARS 2.000.000.000) (actualización conforme la Resolución 10/2024 del Ministerio de Justicia);
- sean de economía mixta o estén comprendidas en la Sección VI de la Ley 19550;
- realicen operaciones de capitalización, ahorro o soliciten dinero o valores al público con promesas de prestaciones o beneficios futuros;
- exploten concesiones o servicios públicos;
- sean sociedades controlantes o controladas por otra sujeta a fiscalización según los incisos anteriores;
- sean Sociedades Anónimas Unipersonales.
Anteriormente, estas presentaciones se realizaban mediante el programa aplicativo "SITIGJ", regulado por la Resolución General IGJ 7/15 vigente desde 2006. Durante el primer año de vigencia de la Resolución 15/2023, es decir, desde el 1.° de marzo de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025, el programa SITIGJ continuará operativo y dará la opción a la sociedad de utilizar uno u otro sistema.
La nueva normativa detalla los requisitos y la documentación necesaria para presentar los estados contables digitalizados. Entre otros, hay que presentar copias de actas de directorio y asamblea, ejemplares de estados contables con informe de auditoría, informe del órgano de fiscalización (si lo hubiere) y memoria firmada por el representante legal.
El objetivo principal de la Resolución 15/2023 es mejorar la eficiencia de los procesos administrativos, ofreciendo a las sociedades una experiencia más ágil y cómoda para cumplir con sus obligaciones. Además, al ser un trámite remoto, se elimina la necesidad de hacer gestiones presenciales ante la mesa de entradas del Organismo, lo que supone un avance significativo en términos de conveniencia y accesibilidad para las empresas.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.