ARTÍCULO

Fondo fiduciario para el transporte eléctrico federal

Se disuelve este Fondo que había sido creado para financiar obras que la SE identificaba como una ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica.

28 de Abril de 2025
Fondo fiduciario para el transporte eléctrico federal

Mediante el Decreto 234/2025, publicado en el Boletín Oficial el 31 de marzo de 2025, el Poder Ejecutivo ordenó la disolución del Fondo fiduciario para el transporte eléctrico federal −creado por la resolución 657/1999 de la Secretaría de Energía de la Nación (SE)-.

Este Fondo fiduciario había sido creado para financiar obras que la SE identificara como una ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, siempre que fuera en alta tensión destinada al abastecimiento de la demanda o a la interconexión de regiones eléctricas, y cuyo fin fuera la mejora de la calidad del servicio junto a una mayor seguridad de la demanda.

Los ingresos del Fondo fiduciario provenían de un porcentaje sobre el recargo de las tarifas que pagan las empresas distribuidoras y los grandes usuarios por compras en el Mercado eléctrico mayorista.

El Decreto establece que dicho porcentaje se destinará al Fondo nacional de la energía eléctrica, a cargo de la SE, quien se encargará de administrarlo y destinarlo a las obras que persigan los objetivos establecidos en el Fondo fiduciario. En lo referente a los contratos en curso de ejecución celebrados por este, serán continuados en el mismo carácter contractual por la SE a través de la dependencia que esta determine.

Asimismo, los desembolsos realizados por organismos de crédito o fomento al Fondo fiduciario deberán ser transferidos a la cuenta que indique la SE, para la extinción de dichos contratos de préstamo en el ámbito de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía.

Finalmente, el Decreto establece que las obligaciones del fiduciario seguirán vigentes para garantizar la coordinación, producción de información y ejecución de los actos relacionados con la administración de la disolución y posterior liquidación del fondo.