ARTÍCULO

Fideicomisos financieros solidarios para asistencia al sector público

La Comisión Nacional de Valores reglamentó un régimen especial para la constitución de fideicomisos financieros destinados a asistir financieramente al sector público, nacional, provincial y/o municipal.

4 de Junio de 2020
Fideicomisos financieros solidarios para asistencia al sector público

El pasado 21 de mayo de 2020 la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General 839, mediante la cual se modificaron las normas de la CNV (Normas TO, según Resolución General 622 y sus modificatorias) en relación con el fideicomiso financiero, y se incorporó el nuevo régimen legal aplicable a los fideicomisos financieros solidarios.

Dichas medidas fueron tomadas por la CNV con el objeto de asistir y/o gestionar recursos de financiamiento a ser destinados, de forma directa y/o indirecta, a entidades y/o instituciones del sector público, nacional, provincial y/o municipal y que conlleve impacto social. La Resolución pretende contribuir con las políticas del Estado Nacional destinadas a paliar los efectos adversos de la crisis generada por la pandemia COVID-19.

Los fideicomisos financieros que se constituyan bajo este nuevo régimen podrán constituirse como una serie única o bien hacerlo en el marco de un Programa Global de Fideicomisos Financieros Solidarios autorizados por la CNV. Podrán actuar como fiduciantes de los fideicomisos financieros solidarios las entidades y/o instituciones del sector público, nacional, provincial y/o municipal.

Por último, la Resolución propone identificar a los valores fiduciarios que se emitan en el marco de dichos fideicomisos financieros como “valores fiduciarios con impacto social” y que los inversores de los fideicomisos financieros solidarios sean distinguidos como “inversores socialmente responsables”.