ARTÍCULO

El caso de las semillas de papas / Notas sobre la sentencia

Marval, O'Farrell & Mairal logró recientemente una sentencia favorable al Gobierno del Reino Unido, ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. La sentencia se funda en principios de orden público internacional.

28 de Diciembre de 2001
El caso de las semillas de papas / Notas sobre la sentencia

Marval, O’Farrell & Mairal actuando conjuntamente con Dougall Abogados, obtuvo recientemente una sentencia favorable a uno de sus clientes, el Gobierno del Reino Unido, ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. El pasado 23 de octubre de 2001, la Cámara de Apelaciones revocó una sentencia de un Juez de primera instancia por la cual se condenaba al Gobierno del Reino Unido por un importe de aproximadamente 200 millones de dólares. La Cámara fundó su sentencia en principios de orden público internacional, superiores a las normas procesales locales, aun cuando existe sentencia definitiva.

La demanda se basó en los supuestos daños sufridos por los reclamantes -unos importadores argentinos- a raíz de una enfermedad que habría afectado toda una carga de papas semilla que habían comprado a dos empresas británicas. La calidad de la mercadería importada había sido certificada por inspectores de una repartición gubernamental británica, según lo establecido en un tratado internacional del que el Reino Unido y la Argentina son parte.

Los importadores interpusieron su reclamo contra los exportadores y contra el Gobierno del Reino Unido ante un Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil y Comercial Federal e intentaron notificar la demanda al Embajador del Reino Unido en la Argentina, utilizando los medios de notificación ordinarios previstos por nuestras leyes procesales locales (cédula). La Embajada se negó a recibir la notificación, sosteniendo que no había sido efectuada correctamente ya que no había sido cursada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores argentino. Debido a ello, al no haber quedado notificado, el Gobierno del Reino Unido no tomó intervención alguna durante la primera instancia del proceso. No obstante, el Juzgado de primera instancia resolvió declarar la rebeldía del Gobierno del Reino Unido y seguir adelante con el proceso.

Consecuentemente y ante la falta de defensa del caso por parte del Gobierno del Reino Unido, el Juzgado de primera instancia falló a favor de los reclamantes, los importadores argentinos. El Juzgado de primera instancia ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores argentino que diera los pasos necesarios para que el Gobierno Británico cumpliera la condena, de modo que el Ministerio se dirigió a la Embajada, acompañando copia de la sentencia. Frente a tal notificación la Embajada interpuso un pedido de anulación de todo lo actuado, petición que fue rechazada por el Juzgado de primera instancia, por considerarla extemporánea y por entender, por lo tanto, que la sentencia había quedado firme. Este rechazo fue apelado por la Embajada.

Fue entonces cuando el Gobierno del Reino Unido solicitó la intervención en el asunto de Marval, O’Farrell & Mairal, además de la de Dougall Abogados, y fundó la apelación contra la resolución de primera instancia por la cual se rechazó el pedido de nulidad del Gobierno del Reino Unido, ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. El tribunal de apelaciones, con fecha 23 de octubre de 2001, revocó no sólo la sentencia de primera instancia que hacía lugar a la demanda interpuesta por los importadores sino también la mayoría de los actos procesales que se habían sucedido durante la primera instancia del proceso.

La Cámara Federal de Apelaciones resolvió que las Embajadas tienen el derecho de rechazar toda notificación que no sea cursada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores argentino. La decisión del Juez de primera instancia de proseguir con las actuaciones, declarando la rebeldía del Gobierno del Reino Unido, fue considerada inválida por sustentarse en una notificación de la demanda carente de eficacia legal. En consecuencia, la notificación de la declaración de rebeldía a la Embajada del Reino Unido también resultó nula.

La Cámara de Apelaciones resolvió declarar nulos todos los actos procesales ocurridos con posterioridad al intento de notificación de la demanda (incluyendo la sentencia de primera instancia). La Cámara ordenó, además, la remisión del expediente a otro Juzgado de primera instancia a fin de que la Embajada del Reino Unido pueda ser debidamente notificada y, consecuentemente, el Gobierno del Reino Unido pueda ejercitar su derecho de defensa.