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El Banco Central permitió la delegación de servicios en entidades comerciales no financieras

El Banco Central de la República Argentina emitió las Comunicaciones “A” 6603 y 6612, que permiten la delegación de actividades en entidades comerciales no financieras.

20 de Diciembre de 2018
El Banco Central permitió la delegación de servicios en entidades comerciales no financieras

El 28 de noviembre, el Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central”) emitió la Comunicación “A” 6603 que, junto con la Comunicación “A” 6612, incorporaron una nueva sección a las normas sobre Expansión de Entidades Financieras, permitiendo la delegación de actividades en entidades comerciales no financieras.

Esta nueva normativa continúa con la línea adoptada por el Banco Central con el objetivo de incorporar nuevos modelos de negocios a la actividad financiera (ver “Transferencias inmediatas de fondos a través de dispositivos móviles en Marval News # 162, Nueva normativa en torno a la digitalización del sector financiero” en Marval News # 165, y “El Banco Central implementó un nuevo medio de pago: el Débito Inmediato” en Marval News # 168, entre otros).

En esta ocasión, el Banco Central incorporó a su marco regulatorio la posibilidad de que las entidades financieras puedan delegar en agencias complementarias de servicios financieros la atención de sus clientes y público en general en el país con personal y/o recursos técnicos propios de la agencia complementaria, sujeto a la observancia de las condiciones específicas determinadas para cada caso (contratos con contenidos mínimos, comunicación previa, entre otras).

Estas agencias complementarias podrán ser personas humanas o jurídicas, residentes en el país, y operar en uno o más locales. Su actividad u objeto principal deberá ser comercial, siendo la prestación de servicios financieros —por la delegación— una actividad secundaria.

A su vez, cada agencia podrá vincularse con varias entidades financieras, y deberá contar, para ello, con mecanismos que aseguren la debida diferenciación de los servicios delegados por cada una de ellas.

Entre otras actividades, el Banco Central determinó que las entidades financieras podrán delegar la implementación de todas las operaciones activas, pasivas y de servicios que realicen con sus clientes como:

  • apertura, funcionamiento y cierre de cuentas;
  • depósitos y extracciones en efectivo;
  • cobranzas de cuotas de préstamos otorgados por la entidad, tarjetas de crédito, servicios, impuestos, tasas, contribuciones y otros conceptos similares;
  • pago de prestaciones previsionales y beneficios de la seguridad social; y
  • compraventa de moneda extranjera.

Esta normativa responde principalmente al objetivo de fomentar la inclusión financiera y permitir a los bancos adaptar sus modelos de negocios a las nuevas exigencias del mercado.