El Banco Central modificó las normas para la liquidación de divisas de servicios a no residentes
La medida permitirá exceptuar la liquidación de ciertos servicios al exterior a través del mercado de cambios, y ofrecer así un tipo de cambio diferencial para ciertas operaciones.

La medida fue dispuesta a través de la Comunicación “A” 7630 del 3 de noviembre de 2022. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las normas sobre “Exterior y Cambios”, y dispuso excepciones respecto a la liquidación obligatoria por cobros de exportaciones de servicios en la medida que se ingresen en el plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción o acreditación en cuentas del exterior.
Las excepciones previstas en la Comunicación son:
- cobros de consumos efectuados por no residentes mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas emitidas en el exterior;
- cobros por cualquier tipo de servicio turístico en el país contratados por no residentes; o
- los cobros de servicios de transporte de pasajeros no residentes con destino en el país.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.