Deducibilidad de intereses de préstamos obtenidos para comprar acciones

El 30 de marzo de 2007, el Tribunal Fiscal de la Nación se expidió en la causa “Entertainment Depot S.A.” sobre la impugnación de la AFIP de las deducciones efectuadas por el contribuyente de intereses originados en préstamos tomados para financiar la compra del paquete accionario de Musimundo S.A.
Del relato de la sentencia surge que Entertainment Depot se endeudó para comprar el paquete accionario de Musimundo S.A. y que posteriormente ambas empresas se fusionaron (fusión por absorción) en el marco de una reorganización libre de impuestos. Para calcular el Impuesto a las Ganancias, Entertainment Depot dedujo los intereses devengados de esos pasivos sobre la base de que la adquisición del paquete accionario se debió a su intención de desarrollar la actividad de Musimundo S.A. y que, además, para realizarla, había modificado su objeto societario.
La AFIP objetó la deducción por la falta de vinculación entre los intereses y la fuente productora de ganancia gravada.
El Tribunal Fiscal de la Nación resolvió a favor del Fisco Nacional sosteniendo que el pasivo contraído para la compra de las acciones no era necesario para mantener la fuente generadora de ganancias en la propia empresa. En la sentencia se destacó que la estructura negocial elegida por la actora para financiar la adquisición del paquete de Musimundo era incompatible con la deducción de intereses que pretendía.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.