Cuidado al instalar apps de geolocalización en los teléfonos de los empleados
Un fallo de Cámara Laboral sostuvo que los empleados tienen derecho a oponerse a que sus empleadores instalen software de geolocalización en sus teléfonos.

Recientemente, la Sala IX de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral decidió que los empleados tienen derecho a oponerse a que sus empleadores instalen software de geolocalización en sus teléfonos (Cámara Nacional del Trabajo, Sala IX, “Pavolotzki, Claudio y otro c/ Fischer Argentina S.A.”, 10 de julio de 2015).
Los hechos del caso son los siguientes. Los actores han sido viajantes de comercio no exclusivos de la demandada Fischer Argentina S.A. (“Fischer”) por un largo tiempo (9 y 36 años, respectivamente). Durante el año 2012 la demandada instaló en los teléfonos que les provee a sus empleados un software llamado “Show Position” que, entre otras cosas, permite a la demandada saber la ubicación exacta de los teléfonos durante las 24 horas del día.
Los actores iniciaron demanda contra la demandada para que se la condene al restablecimiento de las condiciones de trabajo existentes antes de la instalación del app.
El demandado argumentó que el app permitía que tanto la empresa como los demandados pudieran maximizar su tiempo y su trabajo, que aun cuando el software permitía la geolocalización de los actores eso nunca ocurría en tiempo real, y que esta posibilidad de saber la ubicación de los dispositivos era en realidad una medida de seguridad que le permitía al jefe de grupo contar con esa información ante una emergencia.
Por su parte, los actores manifestaron que el app constituía una intromisión en su vida privada ya que el demandado conocía en todo momento su ubicación, aun fuera del horario de trabajo.
El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, con costas a cargo de Fisher.
En apelación, la Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia.
Para así resolver, la Cámara remarcó que (i) los actores podían usar sus teléfonos aun fuera del horario de trabajo ya que eran ellos quienes pagaban por su consumo; y (ii) que los actores eran viajantes de comercio de la demandada en un carácter no exclusivo.
En ese sentido, la Cámara concluyó que la instalación del software implicó una injustificada intromisión en la esfera privada de los actores lo que violaba lo dispuesto por la Constitución Nacional, las leyes locales y los tratados internacionales.
Asimismo, la Cámara sostuvo que Fischer no demostró ni explicó la razonabilidad de la medida adoptada tal como lo dispone la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326.
Aun más importante, la Cámara aclaró que su decisión no implica desconocer el derecho de control que todo empleador tiene sobre sus empleados, pero lo cierto es que esos derechos no pueden ejercerse desconociendo la dignidad e intimidad de los trabajadores de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Protección de Datos Personales.
Esta decisión resulta de interés ya que se ha convertido en una práctica más habitual el hecho de brindarles teléfonos a los empleados los que pueden, o no, llevar instalado un software de geolocalización controlado por el empleador.
A efectos de tener un mejor posicionamiento frente a planteos como el que se analiza en la comentada causa Pavolotzki, como así también para minimizar otros riesgos no menos significativos, como ser planteos en los que el celular se considere parte de la remuneración de los empleados, resulta de suma importancia limitar adecuadamente el uso de los dispositivos a tareas estrictamente laborales, redactar y revisar cuidadosamente políticas y reglamentos internos claros en ese sentido, y obtener el consentimiento por escrito de los empleados a estas reglamentaciones internas, como así también permitir que la geolocalización se active únicamente en horario laboral, entre otras medidas y recomendaciones prácticas que, en nuestra experiencia, si bien no han garantizado un resultado, han colaborado a otorgar a las compañías mayores argumentos de defensa en caso de conflicto.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.