ARTÍCULO

Creación del Inventario Nacional de Bienes Informáticos y Servicios Tecnológicos

Se creó el Inventario Nacional de Bienes Informáticos y Servicios Tecnológicos y se aprobó su reglamento.

26 de Febrero de 2021
Creación del Inventario Nacional de Bienes Informáticos y Servicios Tecnológicos

El 21 de enero de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa N° 5/2021, por la cual se creó el Inventario Nacional de Bienes Informáticos y Servicios Tecnológicos (en adelante, el Inventario), con el objeto de establecer un registro unificado de dichos bienes y servicios que se encuentren en dominio del Sector Público Nacional (artículo 8 Ley N° 24156). Adicionalmente, también se aprobó su reglamento.

La Decisión establece como autoridad de aplicación del reglamento a la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI), dependiente de la Secretaría de Innovación Pública y le asigna las siguientes funciones y facultades:

 

  • Administrar y mantener actualizado el inventario.

 

  • Definir el alcance de los bienes informáticos y servicios tecnológicos que serán objeto del Inventario.

 

  • Diseñar, definir, actualizar y modificar, cuando sea pertinente, los términos de la declaración jurada de Inventario TIC que deberán presentar las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica.

 

  • Requerir e intimar a las entidades y jurisdicciones alcanzadas por la Decisión el cumplimiento de sus obligaciones.

 

  • Formular recomendaciones al jefe de Gabinete de Ministros de acuerdo con los resultados que surjan de la realización del Inventario.

 

Por su parte, las entidades y jurisdicciones sujetas a la Decisión deberán declarar de manera anual, obligatoria y detallada, antes del 30 de marzo de cada año, los bienes informáticos y servicios tecnológicos que se encuentren en su dominio al 31 de diciembre del año anterior. Ello, independientemente de si estos fueron adquiridos a título gratuito u oneroso o de si su incorporación es temporaria o definitiva.

Por último, cada entidad deberá designar a sus referentes TIC e informar a la ONTI. Estos serán las personas responsables de suscribir la declaración jurada, como también del cumplimiento de las obligaciones y deberes a su cargo.

La Decisión entró en vigencia el día 22 de enero de 2021.