ARTÍCULO

Control de cambios: adecuaciones para el pago de capital e intereses de emisiones de títulos de deuda con registro en el exterior

El Banco Central adecuó sus regulaciones para que los residentes puedan acceder al mercado de cambios por operaciones concertadas a partir del 5 de febrero de 2021 parcialmente suscriptas en moneda extranjera en el país si cumplen con ciertas condiciones.

4 de Marzo de 2021
Control de cambios: adecuaciones para el pago de capital e intereses de emisiones de títulos de deuda con registro en el exterior

A través de la Comunicación “A” 7218 del 4 de febrero de 2021, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades también podrán dar acceso al mercado de cambios a residentes en la medida que se cumplan todas las siguientes condiciones:

 

  • El deudor demuestre haber registrado exportaciones con anterioridad a la emisión de los títulos de deuda o que los fondos de la colocación fueron destinados a afrontar compromisos con el exterior. Si no se cumple al menos una de las dos condiciones señaladas, la emisión cuenta con la conformidad previa del BCRA.

 

  • La vida promedio de los títulos de deuda no sea menor a los 5 años.

 

  • El primer pago de capital no se registre antes de los 3 años de la fecha de emisión.

 

  • La suscripción local no supere el 25 % de la suscripción total.

 

  •  A la fecha de acceso hayan sido liquidados en el mercado de cambios la totalidad de los fondos suscriptos en el exterior y en el país.