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18 de abril de 2020
Como señalamos en artículos anteriores relacionados a la crisis generada por el coronavirus (ver Riesgos y oportunidades para compliance a partir del COVID-19 e Impacto en investigaciones, capacitaciones, protocolos y políticas internas), las empresas enfrentan importantes desafíos logísticos para llevar a cabo sus investigaciones internas. Al mismo tiempo, la siempre cambiante legislación de emergencia trae aparejados significativos riesgos desde el punto de vista de compliance. Situaciones como donaciones o contrataciones directas con el Estado requieren de adecuados mecanismos de prevención.
Por ejemplo, la Resolución 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires exige a las empresas la implementación de un “Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la emergencia por la pandemia COVID-19, de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por las trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo”.
La crisis generada por el coronavirus pone de manifiesto la relevancia que los programas de compliance de las empresas tienen en situaciones de emergencia. Y en este contexto se debe comenzar a trabajar en los protocolos y las políticas que permitan dejar en claro qué debe hacerse en cada situación e, igual de importante, qué rol deberá cumplir cada una de las personas involucradas. Políticas de cumplimiento actualizadas y dinámicas para atravesar la emergencia sanitaria especialmente en aquellas actividades consideradas esenciales que requieren continuar operando son de suma relevancia y demuestran el compromiso de las compañías para sobrellevar esta situación de crisis de la mejor manera posible, minimizando riesgos de incumplimientos éticos y normativos.
Este artículo es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.