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 ¿Cómo aplica el silencio positivo a los trámites ante ARCA?

Se aprobó el listado de los procedimientos a los que aplica el silencio en sentido positivo.

5 de Diciembre de 2024
 ¿Cómo aplica el silencio positivo a los trámites ante ARCA?

Mediante la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos 27742, se modificó el artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos 19549. Así, se establece en el inciso b que, cuando una norma exija una autorización administrativa para que los particulares puedan llevar a cabo una determinada conducta o acto en el marco del ejercicio de una facultad reglada de la Administración, al vencimiento del plazo previsto para resolver sin haber dictado resolución expresa, el silencio tendrá sentido positivo.

En otras palabras, se considerará que el trámite ha sido aprobado si la Administración no emite una resolución al respecto dentro del plazo estipulado para ello.

Con esto se busca promover una gestión pública más ágil, reducir la burocracia y otorgar claridad a los ciudadanos respecto a los tiempos que podría demorar la obtención de la autorización, certificado o inscripción que requiera.

Su implementación se definió mediante la Decisión Administrativa 836/24, que fijó las fechas a partir de las cuales se deberá aplicar el silencio con sentido positivo en los trámites que involucren autorizaciones administrativas −ya sea por la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o aquella que se utilice para dichos trámites−. En el caso de reparticiones de la Administración Pública Central (incluye organismos desconcentrados), la fecha es el 1/11/2024, en tanto que en el caso de los organismos descentralizados es el 1/12/2024.

Así, en el caso de los procedimientos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) alcanzados por esta práctica, rige desde el 1/12/2024.

 

La reglamentación del silencio con sentido positivo

Mediante los Decretos 695/24 y 971/24, publicados en el Boletín Oficial el 05/08/24 y el 01/11/24 respectivamente, se reglamentó la aplicación del silencio con sentido positivo.

Con el Decreto 695/24, se introdujeron modificaciones al Reglamento de Procedimientos Administrativos −aprobado por el Decreto 1759− y se incorporaron los artículos 65 ter y quater que, en lo que aquí interesa, establecen que:

  1. en las plataformas que utilice cada repartición (en el caso de ARCA: Presentaciones Digitales, Sistema Informático de Trámites Aduaneros) se deben indicar las condiciones necesarias para obtener la autorización, la aplicación del silencio con efecto positivo y el plazo para que se tenga por configurado, aclarándose que la falta de indicación de estos recaudos no impedirá la invocación del efecto positivo del silencio;
  2. ante la falta de cumplimiento de las condiciones previstas en la normativa aplicable a los fines de otorgarlo, el organismo interviniente debe solicitar al requirente que, dentro del plazo de 10 días, acompañe los elementos o datos faltantes (en este supuesto, el plazo para resolver quedará suspendido a partir de la notificación del requerimiento efectuado y hasta tanto se dé cumplimiento a lo solicitado);
  3. no se computará el plazo a los efectos de configurar el silencio con sentido positivo en caso de que la solicitud de autorización fuera iniciada ante una autoridad incompetente o a través de un trámite incorrecto para su pretensión;
  4. el silencio con sentido positivo se configurará una vez cumplido el plazo que la normativa específica establezca y, en caso contrario, el plazo de 60 días desde que esté en condiciones de ser resuelto −previsto en el apartado VIII del inciso g del artículo 1.° bis de la Ley de Procedimientos−, y satisfechas así como las condiciones previstas reglamentaria o normativamente para otorgar la autorización administrativa;
  5. una vez configurado el silencio positivo, el interesado puede tramitar la inscripción registral, o emitir el certificado o autorización correspondiente (la que debe ser otorgada en un plazo no mayor a 15 días);
  6. en ningún caso el acto de autorización podrá implicar excepciones o incumplimientos a las condiciones previstas reglamentaria o normativamente, las que serán fiscalizadas y auditadas por las autoridades competentes.

Por otro lado, mediante el Decreto 971/24, se aprobaron los listados de procedimientos administrativos para obtener autorizaciones administrativas regladas por la Administración Pública Nacional que se encuentran exceptuados de la aplicación del silencio con sentido positivo, así como aquellos trámites a los que sí resulta de aplicación.

 

Los trámites ante ARCA alcanzados por el silencio con sentido positivo

Entre los supuestos alcanzados se destacan:

  1. la solicitud de reducción de anticipos en el impuesto a las ganancias;
  2. la solicitud de certificados de no retención en el Impuesto a las Ganancias, en IVA y en seguridad social;
  3. solicitudes de compensación y reimputación de pagos;
  4. bajas retroactivas de impuestos y/o regímenes;
  5. anulaciones y cancelaciones anticipadas de planes de pago;
  6. solicitud de certificado de residencia fiscal;
  7. alta, baja o recambio de controladores fiscales;
  8. solicitud de CUIT y CDI (personas humanas y jurídicas);
  9. modificación del estado administrativo de la CUIT limitado en determinados casos: por falta de inscripción en impuestos y/o regímenes, por falta de presentación de declaración jurada, por falta de movimientos y empleados en la declaración jurada, por incumplimiento a las acciones de control electrónico, entre otros;
  10. incorporación al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) y validación de inmuebles;
  11. régimen de promoción de la economía del conocimiento;
  12. inscripción en el Perfil de Importador/Exportador y de Despachantes de Aduana;
  13. solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros;
  14. inscripción en los Registros Especiales Aduaneros del agente de transporte aduanero, operadores de contenedores, operador logístico seguro, prestador de servicio de archivo y digitalización (PSAD), proveedor de a bordo, apoderados y dependientes de los despachantes de aduana y de los agentes de transporte aduanero, prestador de servicios postales PSP/Couriers, registro de abogados que actúan en carácter de letrados patrocinantes de aduana, garantes-entidades emisoras de garantías aduaneras, registro de tripulantes de medios de transporte (TRIP), operadores logísticos del régimen “Exporta Simple”.

 

Los trámites ante ARCA exceptuados de la aplicación del silencio con sentido positivo

Los supuestos expresamente excluidos son:

  1. las solicitudes de certificado de exención del impuesto a las ganancias (régimen general y simplificado);
  2. la autorización prevista en el artículo 1 inciso b de la Resolución General 2513 para la reorganización de sociedades y/o fondos de comercio;
  3. la solicitud de cartas de porte por excepción;
  4. la modificación del estado administrativo de la CUIT en el caso de sujetos incluidos en la base de contribuyentes no confiables o caracterizados como sujeto no confiable en materia de seguridad social;
  5. la inscripción, permanencia y exclusión de los contribuyentes incluidos en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias”;
  6. modificación de la capacidad productiva en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA);
  7. las solicitudes de inscripción o modificaciones en el Registro Fiscal de operadores del sector tabacalero e instrumentos fiscales de control de cigarrillos;
  8. la solicitud para transferencia, hipoteca o cese en los casos de embarcaciones de más de 50 toneladas o yates de más de 100 toneladas.

 

Ambos listados podrán ser actualizados por la Jefatura de Gabinete de   Ministros previo informe de parte de ARCA sobre la existencia de nuevos procedimientos.