Comentario sobre el proyecto de ley para modificar la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia

No se trata de un proyecto novedoso, sino de la reiteración de uno que ya había sido presentado, por la misma autora, en el año 2006[1] y que tuvo media sanción de la Cámara de Diputados el 19 de julio de 2006, pero que perdió estado parlamentario.
El proyecto de ley propone la creación del rol de “Fiscal de la Competencia”, para que tenga intervención en las investigaciones antitrust. Dicho rol estará a cargo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, “en defensa del interés de los consumidores” y sus funciones incluirán:
a) efectuar denuncias, ofrecer y producir prueba, presentar alegatos y apelar las sanciones que se impongan;
b) ser parte en toda investigación que se inicie; en las operaciones de concentración económica, deberá corrérsele vista, la cual deberá ser expresamente considerada por la autoridad de aplicación al momento de expedirse;
c) solicitar el dictado de medidas cautelares.
Asimismo, junto con las autoridades locales de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor (es decir, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las Provincias de acuerdo con lo establecido por el artículo 41 de la Ley Nº 24.240), podrá:
a) solicitar investigaciones al Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia cuando posea indicios de prácticas anticompetitivas en mercados determinados;
b) promover que la defensa de la competencia y de los consumidores y usuarios sea tenida en cuenta en el diseño e implementación de políticas públicas y regulatorias.
Es temprano para determinar si el proyecto se convertirá en ley, ya que a pesar de sus antecedentes parlamentarios deberá hacer el trámite completo en ambas cámaras; ello no obstante, lo informamos por la importancia que sus efectos tendrán en los procedimientos de aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia en caso de ser sancionada.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.