Código Aduanero del Mercosur

El 13 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 26.795, que resolvió incorporar al ordenamiento jurídico nacional el denominado “Código Aduanero del Mercosur” aprobado por el Consejo del Mercado Común el 2 de agosto de 2010 (Decisión CMC N° 27/2010).
A grandes rasgos, los principales objetivos buscados por los miembros del bloque son lograr la eliminación del doble cobro del Arancel Externo Común (AEC), la distribución de la renta aduanera y la armonización de las legislaciones de los distintos países miembros.
El Código Aduanero del Mercosur fue estructurado como una “legislación marco”, que no abarca todas las cuestiones que pueden relacionarse con la operatoria aduanera, sino que, por el contrario, muchas cuestiones quedan delegadas en cabeza de las legislaciones de los distintos países del bloque y en órganos del propio Mercosur. En función de esto, es difícil prever cuan operativo resultará este nuevo instrumento.
Según el artículo 2° de la Ley N° 26.795, para que el Código Aduanero del Mercosur entre en vigor, es necesario que sea internalizado por todos los Estados Partes, conforme lo dispuesto por el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.
Si bien la sanción de un Código Aduanero único para los países del bloque es un paso importante en aras de la integración, es necesario advertir que todavía hay un largo camino por recorrer y el tiempo dirá si los países del bloque llevan adelante las acciones necesarias para convertirlo en un instrumento útil que resulte de aplicación práctica.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.