Cambios estructurales en la Ley de Inteligencia Nacional
El nuevo Decreto reconfigura el Sistema de Inteligencia Nacional, al fortalecer su estructura institucional y redistribuir funciones.
Mediante el Decreto 941/2025, publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026, el Poder Ejecutivo introdujo modificaciones de alcance estructural a la Ley de Inteligencia Nacional 25520.
En la norma se dispuso una reorganización integral del Sistema de Inteligencia Nacional, se redefinen competencias entre los organismos que lo integran y se amplían determinadas facultades operativas. El objetivo es mejorar la coordinación interinstitucional, evitar superposiciones funcionales y fortalecer la respuesta frente a amenazas estratégicas, en particular en materia de contrainteligencia y ciberseguridad.
- Reorganización institucional y fortalecimiento de la SIDE
El Decreto reafirma a la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) como órgano superior del Sistema de Inteligencia Nacional, asignándole mayores funciones de conducción y coordinación estratégica. En ese marco, se introducen modificaciones relevantes en la estructura y denominación de distintos organismos, entre las que se destacan:
- Agencia de Seguridad Nacional (ASN): pasa a denominarse Agencia Nacional de Contrainteligencia (ANC). Está orientada a producir inteligencia nacional vinculada a actores, hechos, riesgos, oportunidades y amenazas dentro de la jurisdicción nacional, mediante la obtención, reunión y análisis de información, con un enfoque preventivo cuyo objetivo es identificar y evaluar amenazas a la seguridad nacional, tales como espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia.
- Agencia Federal de Ciberseguridad (AFC): es renombrada como Agencia Federal de Ciberinteligencia (AFC). Tiene competencia específica para la producción de inteligencia nacional en el ciberespacio y el espacio radioeléctrico que puedan afectar la seguridad nacional, las infraestructuras críticas digitales, el patrimonio del Estado Nacional, la soberanía tecnológica y/o la integridad de la información pública y privada.
- División de Asuntos Internos (DAI): se transforma en Inspectoría General de Inteligencia (IGI). Se refuerzan sus funciones de realizar auditorías, investigaciones internas, inspecciones y revisiones dirigidas a controlar y evaluar el desempeño, la economía de recursos, la eficacia y la integración funcional de los órganos y el personal que componen el sistema de inteligencia nacional.
Asimismo, la norma dispone la disolución de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar, transfiriéndose sus funciones, personal y recursos a la Dirección General de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. El objetivo es eliminar superposiciones funcionales y concentrar la producción de inteligencia estratégica militar bajo un esquema unificado.
- Ciberseguridad y ciberinteligencia: separación funcional
Se asignan las funciones de ciberseguridad y de ciberinteligencia a organismos distintos, estableciendo una diferenciación funcional entre ambas materias. En ese marco, se crea el Centro Nacional de Ciberseguridad (CNC) como organismo descentralizado bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Tiene competencia para el diseño, ejecución y coordinación de la política nacional de ciberseguridad y la respuesta frente a incidentes informáticos.
Por su parte, la Agencia Federal de Ciberinteligencia (AFC) queda a cargo de la producción de inteligencia nacional vinculada a amenazas que se desarrollen en el ciberespacio, manteniéndose separadas las funciones de inteligencia de aquellas de carácter técnico o regulatorio propias de la ciberseguridad.
- Facultades operativas y atribuciones especiales
La reforma amplía las facultades operativas de los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional. Se los habilita a brindar su propia seguridad y a actuar frente a situaciones que pongan en riesgo sus instalaciones, personal u operaciones.
Además, el personal de inteligencia podrá intervenir en casos puntuales, como situaciones de flagrancia o a pedido de la Justicia, debiendo dar aviso inmediato a las fuerzas de seguridad competentes. También, se refuerza la capacidad de la SIDE para requerir información a otros organismos del Estado y solicitar apoyo de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad cuando resulte necesario para cumplir sus funciones.
- Comunidades de inteligencia e información
La reforma crea la Comunidad de Inteligencia Nacional (CITN) y la Comunidad Informativa Nacional (CIFN) como ámbitos de articulación entre los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional y otros entes públicos productores de información. Estas instancias están orientadas a facilitar el intercambio de información y la coordinación entre organismos, bajo la conducción de la SIDE y con sujeción a los límites y prohibiciones establecidos en la Ley de Inteligencia Nacional.
- Entrada en vigencia y control legislativo
El DNU 941/2025 entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y fue remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, quedando sujeto al control de su validez previsto para este tipo de normas.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.