Cambios en señales informativas de grillas de programación
Se otorga a las empresas la libertad de estructurar sus grillas de programación sin la obligación de incluir ciertas señales informativas.

El 23 de octubre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1094/2024 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Allí se deroga el Reglamento general de los servicios de televisión por suscripción, que había sido aprobado por la Resolución 1491/2020 del ENACOM.
El reglamento derogado establecía, entre otras cuestiones, que los licenciatarios de los servicios de Televisión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico así como de los Servicios de Televisión por Suscripción Satelital debían garantizar la emisión de ciertas señales.
Asimismo, la Resolución 1094 deroga las Resoluciones 1645/2017, 2061/2017, 1824/2021, 2387/2022, 774/2023, 776/2023, 836/2023, 1071/2023 del ENACOM y el inciso c) del artículo 1.° del Anexo II de la Resolución 1555/2022 del mismo ente.
Las resoluciones derogadas establecían, en particular, la inclusión obligatoria de determinadas señales de contenido informativo federal y provincial en las respectivas grillas de programación de los servicios de televisión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico y satelital.
Esta medida se da en el marco de la desregulación planteada por las políticas gubernamentales actuales −en el marco del Decreto 70/2023−, que buscan simplificar normas y facilitar la competencia entre operadores de televisión por suscripción.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.