ARTÍCULO

Ayuda económica para adultos mayores

Se otorgó por decreto una ayuda económica previsional por un monto máximo de ARS 70.000, que se pagó en marzo de 2024.

1 de Marzo de 2024
Ayuda económica para adultos mayores

El 23 de febrero de 2024, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 177/2024 del Poder Ejecutivo Nacional. Allí se crea una ayuda económica previsional por única vez y por un monto máximo de ARS 70.000. Según los considerandos de la norma, la ayuda −que se pagará en marzo− se suma a las otras dos creadas por los Decretos 116/2023 y 81/2024 y que fueron abonadas en los meses de enero y febrero.

En los considerandos, se agrega que estas medidas se dictan atendiendo a “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país (…) con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento.”
 

La norma prevé que serán beneficiarios de esta ayuda:


1. Los titulares de las prestaciones contributivas previsionales −otorgadas por la Ley 24241− a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), de regímenes nacionales generales anteriores, de regímenes especiales derogados o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación y su movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley 24241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto 160/05;

2. Los beneficiarios de la pensión universal para el adulto mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley 27260;

3. Los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago está a cargo de la ANSES.

Adicionalmente, el decreto dispone que los beneficiarios que, al sumar todas sus prestaciones vigentes perciban un monto de ARS 134.445,30, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de ARS 204.445,30.

Por último, se establece que esta ayuda económica previsional no será susceptible de descuentos ni computable para ningún otro concepto.