Avanza la reglamentación y la implementación del RIGI
El Poder Ejecutivo nacional y el Ministerio de Economía dictaron normas aclaratorias y complementarias para asegurar el adecuado cumplimiento del RIGI.

El 22 de octubre de 2024, se publicaron en el Boletín Oficial el Decreto 940/2024 y la Resolución 1074/2024. El Decreto introduce ciertas modificaciones a la reglamentación del RIGI para su mejor comprensión y aplicación. Por su parte, mediante la Resolución, el Ministerio de Economía −en tanto autoridad de aplicación− aprueba los distintos procedimientos que deberán llevar a cabo los solicitantes interesados en adherir al RIGI.
A continuación, nos referiremos a los principales aspectos que introducen estas regulaciones del RIGI.
Ajustes al decreto reglamentario
El Poder Ejecutivo nacional había reglamentado el RIGI mediante el Decreto 749/2024. El Decreto 940/2024 introduce ciertos ajustes al decreto reglamentario original. Estos ajustes incluyen, además de algunas rectificaciones formales, modificaciones aplicables a quienes se registren como proveedores de bienes adheridos al RIGI, consideraciones vinculadas con los denominados “Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo” y requisitos que aplican a las ampliaciones de un proyecto preexistente no adherido al RIGI.
Procedimientos para la implementación del RIGI
Con la Resolución, el Ministerio de Economía dispuso los distintos procedimientos que deberán seguirse para solicitar la adhesión o baja del RIGI, entre ellos:
- el procedimiento de adhesión al RIGI de Vehículos de Proyecto Único (VPU) a cargo de un Proyecto Único;
- el procedimiento de adhesión al RIGI del Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo;
- el procedimiento de adhesión al RIGI de la Ampliación de un Proyecto Preexistente no adherido al régimen;
- el procedimiento de adhesión al RIGI del Proveedor local de bienes y/o servicios con mercadería importada;
- el procedimiento de baja voluntaria del Proyecto RIGI del régimen.
Entre otras cuestiones, la Resolución confirma que las solicitudes de adhesión o baja al RIGI se efectuarán mediante la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).
A su vez, la Resolución aprueba el circuito administrativo que deberá seguirse en cada procedimiento y define el contenido del acto administrativo de aprobación.
Sin perjuicio de que el RIGI se encontraba operativo desde la entrada en vigencia de la Ley 27742, hasta el dictado de la Resolución estaba pendiente la regulación de los procedimientos aplicables a quienes solicitaran la adhesión o la baja de este régimen.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.