Así funciona el nuevo Registro de Puntos Focales en Ciberseguridad del Sector Público Nacional
El registro incorpora obligaciones para prevenir incidentes de seguridad para el Sector Público Nacional.

En septiembre, la Decisión Administrativa N° 641/21 (más información aquí) estableció que las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional tienen la obligación de remitir sus planes de seguridad. La nueva Disposición No. 7/2021 creó el Registro de Puntos Focales en Ciberseguridad del Sector Público Nacional con el fin de coordinar esta información.
Así, no solo deberá informarse la información que identifique a los agentes de ciberseguridad, sino también si el organismo ya cuenta con un plan establecido y con medidas de seguridad implementadas e incluir, si aplica, una breve descripción del modo en que las aplicaron. En caso contrario, deberá indicar el plazo en el que se concretarán o los motivos por los que no corresponde su aplicación.
Finalmente, también se deberán reportar los incidentes de seguridad dentro de las 48 horas desde el conocimiento de su ocurrencia o de su potencial ocurrencia, y, si hubiera, cuando se produzcan escalamientos significativos.
Los incidentes de seguridad que reportar son aquellos que pueden tener un impacto potencial o real adverso sobre las infraestructuras tecnológicas, los sistemas de información y los datos que gestionen, especialmente aquellos que comprometan datos personales o críticos del organismo, entidad o jurisdicción, representen un incumplimiento de la normativa vigente o afecten los servicios vinculados a funciones sustantivas de su competencia.
El texto completo de la Disposición No. 7/2021 se puede encontrar aquí.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.