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Argentina: Sistema pre-closing a partir de nov.2026

El 14 de noviembre de 2025, mediante el Decreto 810/2025, se creó la nueva Autoridad Nacional de la Competencia (“ANC”).

17 de Noviembre de 2025
Argentina: Sistema pre-closing a partir de nov.2026

La creación de la ANC pudo avanzar gracias al dictado del Decreto 803/2025, que modifica el Decreto 480/2018, reglamentario de la Ley de Defensa de la Competencia 27.442 (la “LDC”), permitiendo que pueda operar de manera inmediata. Las principales modificaciones introducidas fueron: la eliminación del plazo de sesenta días para el ejercicio de sus funciones, para la emisión de su reglamento interno y para el ejercicio de las facultades del artículo 28 de la LDC; la ratificación del número de miembros que deben ser designados para que la ANC inicie sus operaciones; y la aclaración del órgano que ejerce las funciones previstas en el artículo 28.

Mediante el Decreto 810/2025 de 14 de noviembre de 2025, el Poder Ejecutivo constituyó oficialmente la ANC y designó como miembros a: Eduardo Montamat (Presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia), Lucas Trevisani (Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia), Marcelo D’Amore (Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia), Ana Parente (Secretaria Instructora de Conductas Anticompetitivas) y Germán Zamorano (Secretario Instructor de Concentraciones Económicas).

La creación de la ANC traerá varios cambios en la aplicación de la LDC en Argentina, de los cuales cabe destacar los siguientes.

De acuerdo con el artículo 84 de la LDC, ahora que la ANC ha sido constituida, el sistema de control de concentraciones económicas previo entrará en funcionamiento un año después (concretamente, el 17 de noviembre de 2026, ya que el Decreto 803/2025 fue publicado en el Boletín Oficial el 17 de noviembre de 2025).

Las transacciones que se cierren después de esta fecha estarán sujetas al nuevo régimen y, por tanto, las partes deberán considerar que el proceso de notificación deberá ser aprobado por la ANC para que las partes puedan avanzar con el cierre de la transacción. Esto es un cambio muy relevante al tomar en cuenta que desde la creación del sistema de control de concentraciones económicas en la Argentina las transacciones siempre han sido analizadas luego de su cierre.

Asimismo, con la creación del ANC, el actual sistema de doble autoridad en Argentina (mediante el cual la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia emitía una opinión que luego debía ser aprobada por la Secretaría de Comercio) dejará de funcionar. Se espera que la consolidación del proceso de toma de decisiones en una sola autoridad mejore significativamente los tiempos de análisis de casos ante la autoridad.

La creación de la ANC constituye un hito trascendental en la aplicación de la LDC al reformular por completo la forma de ejercer la autoridad en materia de defensa de la competencia.