Argentina otorga protección temporal a ucranianos que huyen del conflicto bélico
Una nueva disposición de la Dirección Nacional de Migraciones autoriza el ingreso y la permanencia en nuestro país de nacionales ucranianos que buscan escapar del conflicto bélico.

El pasado 8 de marzo de 2022, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio del Interior, publicó la Disposición 417/2022 en el marco del conflicto entre Rusia y Ucrania. Esta autoriza el ingreso a la Argentina y la permanencia por razones humanitarias de nacionales ucranianos y de sus familiares directos, independientemente de su nacionalidad.
El conflicto en cuestión ha desencadenado una enorme crisis de desplazamiento. Según datos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) es el éxodo más rápido que se vive en Europa desde la Segunda Guerra Mundial: en tan solo dos meses, más de 5 millones de personas han huido de Ucrania y 7,1 millones han sido desplazadas internamente.
A pesar de que la mayoría de estas personas decide migrar hacia países como Polonia, Hungría, Eslovaquia y Rumania por cercanía geográfica, lingüística y cultural, en los últimos años, la temática migratoria ha cobrado significativa relevancia en la agenda internacional y los Estados están obligados a brindar una respuesta humanitaria.
La migración en el derecho argentino
La (in)migración siempre cumplió un papel protagónico en nuestro país. En sus “Bases”, Alberdi sostenía que era una de las claves para el desarrollo de la Argentina. Por esta razón, nuestra Constitución Nacional en su preámbulo suscribe que se garantizarán los derechos reconocidos a “todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”, fomentando así la inmigración hacia nuestro territorio.
Para comprender a grandes rasgos el entramado de normas que regula la temática en nuestro derecho interno, haremos mención de la Ley 25781 de Migraciones, su Decreto reglamentario N° 616/2010 y la Disposición 417/2022, dictada por la DNM.
- Ley 25871
Con la promulgación de la Ley 25871 el 20 de enero de 2004, se fijaron las políticas fundamentales y las bases estratégicas en materia migratoria. Su artículo 4 deja sentada la idea de migración como derecho humano, al sostener que: “el derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad.”
Con esto en consideración, se prevén tres categorías para los extranjeros residentes en el territorio argentino:
- Residencia transitoria: para aquellos que permanezcan en el país en calidad de turistas por un corto período de tiempo (en general, menos de tres meses).
- Residencia temporaria: esta puede deberse a distintas circunstancias, enumeradas en el art. 23. En relación con el tema del artículo, el inciso m) establece que: “se considerarán residentes temporarios por razones humanitarias a todos aquellos que ingresen invocando razones que justifiquen (…) un tratamiento especial” (el subrayado es nuestro). Esta es la categoría que otorga la DNM a los nacionales ucranianos.
- Residencia permanente: aplica a todo extranjero que, con el propósito de establecerse definitivamente en el país, obtenga de la DNM una admisión en tal carácter.
- Decreto N° 616/2010
El Decreto reglamentario establece que, del inciso m) de la Ley de Migraciones (mencionado arriba), se tendrán en cuenta especialmente ciertas situaciones, de las cuales nos competen:
- Personas necesitadas de protección internacional, que, no siendo refugiadas, se encuentren ampradas por el principio de no devolución.
- Personas de las cuales se presuma que, de ser obligadas a regresar a su país de origen, quedarían sometidas a violaciones de derechos humanos.
Estos dos supuestos aplican al contexto actual al que se enfrentan los ucranianos que emigran hacia la Argentina.
Disposición 417/2022
La reciente Disposición 417/2022 efectiviza la protección del derecho a migrar reconocido por nuestra legislación en este caso/contexto concreto. Así, garantiza el derecho humano a migrar a la Argentina a ciudadanos ucranianos víctimas del conflicto bélico y les otorga el carácter de residentes temporarios por tres años. Puntualmente, establece que:
- Regirá para nacionales extranjeros ucranianos y sus familiares directos, independientemente de su nacionalidad.
- Estos deben haber estado fuera de la Argentina al momento de la promulgación de la Disposición.
- La solicitud de ingreso debe realizarse ante las oficinas de la red consular argentina.
- El plazo de permanencia autorizado es de tres años. Vencido este plazo, los beneficiarios podrán solicitar la residencia permanente.
- Los beneficiarios se encuentran exentos del pago de tasas migratorias.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.