ARTÍCULO

Aprobación argentina del Tratado de Marrakech

El 3 de diciembre de 2014, mediante la sanción de la Ley Nº 27.061, el Congreso argentino aprobó el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, adoptado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

15 de Junio de 2015
Aprobación argentina del Tratado de Marrakech

El Tratado de Marrakech establece excepciones y limitaciones al derecho de autor, convirtiéndose en el primer tratado de la OMPI que establece excepciones y limitaciones a un derecho de propiedad intelectual. En virtud de sus disposiciones las Partes contratantes deben introducir limitaciones y excepciones al derecho de autor para permitir la reproducción, distribución y puesta a disposición de las obras publicadas en formatos accesibles a las personas con discapacidad visual. Asimismo, las Partes contratantes deben permitir el intercambio transfronterizo (importación y exportación) de estas obras en formato accesible por parte de organizaciones que brindan servicios a personas ciegas o con discapacidad visual.

Este tratado fue firmado por la Argentina el 21 de mayo de 2014 y ratificado el 1 de abril de 2015. Sin embargo, el Tratado de Marrakech entrará en vigencia tres meses después de que veinte Estados Parte hayan depositado sus instrumentos de ratificación o adhesión, lo que aún no ha ocurrido (a la fecha sólo ocho Estados Parte han ratificado o adherido).