Aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia

A través del Decreto Nº 1387/01, modificado por el Decreto Nº 1676/01, se redujo del 11% al 5% el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia que hayan optado por el régimen de capitalización, por el término de un año, contado desde el 2 de junio de 2001.
Posteriormente, a través del Decreto Nº 2203/02 se prorrogó hasta el 28 de febrero de 2003 la reducción al 5% de los aportes. Asimismo, este Decreto ordenó el restablecimiento del aporte, a razón de 2 puntos porcentuales a aplicar el 1 de marzo, el 1 de julio y el 1 de octubre de 2003, hasta alcanzar el 11% establecido en la Ley Nº 24.241.
Por Decreto Nº 390/03 se suspendió el reestablecimiento de los aportes de 2 puntos porcentuales de los meses de julio y octubre de 2003, hasta el 1 de julio y 1 de octubre de 2004 quedando los mismos en el 7%.
Próximos al vencimiento de la prórroga, a través del Decreto Nº 809/04, el Poder Ejecutivo dispuso una nueva prórroga de la suspensión respecto del restablecimiento de los 2 puntos porcentuales que se extenderá hasta el 1 de julio de 2005 y el 1 de octubre del mismo año, respectivamente.
Conforme lo expuesto, actualmente el porcentual correspondiente al aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia que hayan optado por el régimen de capitalización asciende al 7%. Por último, recordamos que para los aportes sigue vigente el tope de $ 4.800.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.