ARTÍCULO
AFIP amplía el Registro de Operaciones Inmobiliarias
La AFIP extendió el ámbito de aplicación del Registro de Operaciones Inmobiliarias. Asimismo, incorporó un nuevo régimen de información tendiente a reportar algunas de las operaciones comprendidas en el Registro.
31 de Mayo de 2010

A continuación brindamos los lineamientos más destacados del régimen.
Con el dictado de la Resolución General N° 2820, del 30 de abril de 2010, se encuentran obligados a empadronarse quienes realicen algunas de las siguientes operaciones, entre otras:
a. Intermediación en la compraventa o locación de inmuebles remunerada a través de comisión, retribución u honorario.
b. Locación de inmuebles siempre que las rentas alcancen o superen el monto de $8.000 mensuales. Si se trata de inmuebles rurales, éstos deben tener una superficie igual o superior a 30 hectáreas que conforme una única unidad de explotación.
c. Emprendimientos inmobiliarios que deriven de operaciones de compraventa de inmuebles, siempre que se efectúen más de tres operaciones en el año y el precio que conste en la escritura pública de compraventa supere $300.000.
d. Locación de espacios o superficies fijas o móviles (ej: locales comerciales, stands, espacios publicitarios, cocheras, bauleras, etc.) cuyo monto exceda los $8.000 mensuales.
El régimen alcanza tanto a personas físicas, sucesiones indivisas, sociedades, fideicomisos, entre otros.
El empadronamiento debe realizarse a través de Internet por cada tipo de operación.
Finalmente, estableció también que los cedentes, locadores o arrendadores de inmuebles se encuentran sujetos a un régimen de información, debiendo presentar una declaración jurada.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.