Acuerdo Bilateral sobre Residencia entre Argentina y Brasil

Este Acuerdo otorga la posibilidad a los nacionales brasileños que ya se encuentren viviendo en la Argentina y a los nacionales argentinos que ya se encuentren viviendo en Brasil, la posibilidad de transformar sus residencias temporarias o transitorias en permanentes.
También permite que personas que se encuentren en situación irregular en el otro país puedan regularizar dicha situación, siempre y cuando presenten la documentación solicitada.
Aquellas personas que hayan ingresado al territorio del otro país en forma clandestina también podrán solicitar los beneficios del presente Acuerdo después de salir del territorio del país de recepción y regresar a él en forma regular.
Los pedidos para obtener la residencia permanente o para regularizar la situación irregular en la Argentina deberán ser presentados ante la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior; y en Brasil ante el Departamento de Extranjeros de la Secretaría Nacional del Ministerio de Justicia.
Junto con la petición deberán presentar los siguientes documentos:
(i) pasaporte o documento de identidad válido para el ingreso a los Estados Parte y una copia;
(ii) certificado que acredite la carencia de antecedentes judiciales y/o penales y/o policiales en el país en que hubiera residido el peticionante durante los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud;
(iii) declaración jurada de carencia de antecedentes nacionales e internacionales, penales o policiales;
(iv) comprobante de ingreso en territorio de los Estados Parte; y
(v) comprobante de pago de las tasas de inmigración aplicables.
Los beneficios que otorga el presente Acuerdo son: 1) libre circulación y permanencia; 2) poder acceder a cualquier actividad por cuenta propia como por cuenta ajena en igualdad de condiciones que los nacionales del país receptor; 3) igualdad de derechos civiles; 4) reunión familiar; 5) trato igualitario con nacionales; 6) derecho a transferir remesas; entre otros.
Los documentos a ser presentados a los fines de tramitar los beneficios de este Acuerdo están eximidos de ser traducidos al otro idioma (salvo de existir dudas fundadas sobre su contenido) de conformidad con lo establecido en el "Acuerdo de exención de traducciones de documentos administrativos para efectos de inmigración entre los Estados Parte del Mercosur".
La concesión de permanencia puede ser declarada nula si es detectado, en cualquier momento, que alguna de la información presentada por el requirente fuera verificada falsa.
El Acuerdo ya aprobado por la Argentina deberá esperar para entrar en vigor hasta que el mismo sea incorporado al derecho interno de Brasil y se cumpla, posteriormente, con la comunicación por nota a la otra parte sobre dicha formalidad.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.