Distanciamiento social y prórroga del aislamiento

ARTÍCULO
Distanciamiento social y prórroga del aislamiento

El 8 de junio, a través del DNU 520/2020, se prorrogó el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de junio de 2020 para algunas ciudades y se estableció el distanciamiento social para el resto del país.

8 de Junio de 2020
Distanciamiento social y prórroga del aislamiento

El aislamiento y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio

El 8 de junio se publicó en el BO el Decreto 520/2020 que prorroga el plazo del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de junio de 2020 inclusive para el Área Metropolitana de Buenos Aires, el Departamento de San Fernando de la Provincia de Chaco, los Departamentos de Bariloche y de General Roca de la Provincia de Río Negro, el Departamento de Rawson de la Provincia de Chubut, la Ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano de la Provincia de Córdoba, con las mismas limitaciones que rigen desde el 20 de marzo de 2020 por orden del Decreto 297/2020.

Para las restantes ciudades y provincias, el Decreto establece el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, que implica que las personas pueden circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden dos metros de distancia entre ellas. Todas las actividades que reabran deberán reorganizarse para garantizar el cumplimiento de dicha medida. También será obligatorio el uso del tapabocas, la higiene de manos, la ventilación de ambientes y desinfección de superficies. En los lugares cerrados no se podrán reunir más de diez (10) personas, cumpliendo el distanciamiento. Además, la ocupación no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) de la capacidad del lugar y se deberán respetar los protocolos. No se podrán realizar actividades de turismo, y el uso de transporte público estará permitido solo para las personas que deban realizar una actividad esencial.