Vitivinicultura: nuevas regulaciones
1. Resolución C. 34/2012
El 8 de agosto de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución C. 34/2012 dictada por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) mediante la cual se aprueba un nuevo producto denominado “VINO MOSCATO”, en vista del requerimiento sostenido para el mercado interno y para la exportación de dicho vino.
Por la resolución se define al “VINO MOSCATO” o “VINO MOSCATEL” como el producto obtenido a partir de la fermentación de uvas frescas que proviene al menos de un 85% de las variedades: moscato blanco (o muscat blanc), muscatel de Alejandria (o zibibbo muscatel), muscatel amarillo, muscatel rosado, muscatel de Hamburgo, moscato Giallo.
2. Resolución C. 36/2012
El 15 de agosto de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución C. 36/2012, dictada por el INV, mediante la cual se modificó el artículo 3 de la Resolución C. 121/1993 sobre control analítico a realizarse a productos que ingresen a la Argentina.
La Resolución C. 36/12 establece que los productos deberán ingresar acompañados de un certificado analítico expedido por la autoridad competente del país de origen. Sin embargo, quedaran exceptuados los productos originarios de los países que hayan suscripto acuerdos en materia de prácticas enológicas y de requisitos de certificación con la Republica Argentina.
En tal sentido, la Argentina ha suscripto el Acuerdo sobre Aceptación Mutua de Prácticas Enológicas celebrado en Toronto (Canadá) el 18 de diciembre de 2001, junto con Australia, Canadá, Chile, Georgia, Nueva Zelandia, Sudáfrica y EE.UU., vigente desde el 1 de diciembre de 2002 y ratificado por Ley N° 25.960; y el Acuerdo sobre requisitos de Etiquetado del Vino, firmado por el Grupo Mundial del Comercio del Vino (Argentina, Australia, Canadá, Chile, Nueva Zelandia y EE.UU.) en la ciudad de Canberra (Australia) el 23 de enero de 2007 y ratificado por la Argentina por Ley N° 26.633, teniendo como objetivo facilitar el comercio del vino entre las partes signatarias de estos acuerdos.
3. Resolución C. 38/2012
El Vino Turista y el Vino Turista Varietal son aquellos vinos cuyas características sensoriales obtengan un puntaje mínimo de 80 puntos en la evaluación realizada por el Consejo Consultivo Sensorial del INV, según Resolución No. C 9/2012 de este organismo.
El 15 de agosto de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 38/2012 del INV, mediante la cual se aprobó el Sello de Calidad Certificada de Vino Turista cuyo logotipo se observa a continuación:

El Sello de Calidad Certificada de Vino Turista será de uso obligatorio y deberá incorporarse en el marbete principal de los envases para el consumo, en un lugar visible y con las indicaciones obligatorias que correspondan. Además, deberá respetar como mínimo los 15 mm de diámetro previstos en la resolución.
El incumplimiento de la Resolución C. 38/2012 será pasible de las sanciones establecidas en la Ley General de Vinos N° 14.878 y de las otras que correspondan.
4. Resolución C. 40/2012
El 7 de septiembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución C. 40/2012 dictada por el INV mediante la cual se aprueba el Certificado de Tránsito de productos a granel.
La Resolución establece que a partir del 1 de octubre de 2012 todo producto amparado por la Ley Nacional de Alcoholes N° 24.566 o su reglamentación, que circule a granel y que no cuente con el Sistema de Seguimiento Satelital establecido por Resolución C. 4/2012, deberá estar amparado por el Certificado de Tránsito aprobado por la nueva resolución.
El certificado impreso en original tendrá validez para un solo viaje y servirá para acreditar la circulación del producto hasta su destino.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.