ARTÍCULO

Vaca Muerta: llamado a licitación del nuevo gasoducto

La Secretaría de Gobierno de Energía publicó el pliego de bases y condiciones para la licitación de la licencia destinada a construir y operar el sistema de Transportadora de Gas del Centro, que conectará la Cuenca Neuquina con la Provincia de Buenos Aires.

31 de Julio de 2019
Vaca Muerta: llamado a licitación del nuevo gasoducto

El 31 de julio de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución N° 437/2019 (la “Resolución”) de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SE”) que convoca a una licitación pública nacional e internacional a los fines de adjudicar una nueva licencia para la prestación del servicio de transporte de gas natural.

La nueva licenciataria tendrá a su cargo el diseño y la construcción del nuevo gasoducto para evacuar la producción de gas de la Cuenca Neuquina, según lo previsto en el Decreto N° 465/2019 (el “Decreto”) emitido por el Poder Ejecutivo Nacional (ver nuestros comentarios al Decreto en https://www.marval.com/publicacion/vaca-muerta-nuevo-gasoducto-13381&lang=es).

La Resolución también aprueba el pliego de bases y condiciones (el “Pliego”) que detalla los términos y condiciones de la licitación y de la licencia de transporte de gas natural, las especificaciones técnicas del sistema, el contrato de asistencia técnica (entre el operador técnico y la licenciataria), y el contrato de transporte de gas natural a celebrarse entre la licenciataria y CAMMESA por un volumen de 10 millones de m3 diarios.

El Pliego destaca que el financiamiento será de exclusiva responsabilidad de la licenciataria con la posibilidad de solicitar financiamiento del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES, en las condiciones allí previstas.

El Pliego prevé la construcción en dos fases y la operación del sistema bajo el Régimen Especial Temporario (“RET”) durante el plazo inicial de 17 años. El RET implica una forma particular de remuneración para la licenciataria y de asignación de la capacidad de transporte. Una vez transcurrido ese plazo, la operación se desarrollará bajo el régimen general.

La Resolución establece que la fecha de presentación y apertura de ofertas será el 12 de septiembre de 2019. A continuación mencionamos los puntos más destacados del Pliego.

  1. Oferentes

Los oferentes deberán previamente registrarse como parte interesada y abonar un arancel de $400.000.000.

Para las personas jurídicas del exterior no será necesario registrarse en los términos de los artículos 118 o 123 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (“LGS”) para presentar ofertas, aunque deberán hacerlo en caso de resultar adjudicatarios a los fines de constituir la sociedad local que será la licenciataria (ver punto 6 - Licencia).

Cuando el oferente se encuentre integrado por dos o más personas, la oferta deberá incluir el convenio que las vincule indicando, entre otros requisitos: (i) el compromiso de integrar la licenciataria en caso de resultar adjudicatarios, con el porcentaje de acciones y votos que cada uno suscribirá e integrará; (ii) la asunción por todos sus miembros de responsabilidad solidaria por las obligaciones emergentes del Pliego; y (iii) la designación de un representante único, con facultades de obligar a todos sus miembros.

  1. Requisitos económico-financieros

El oferente -o sus miembros en conjunto y según sus respectivos porcentajes de participación- deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Patrimonio neto (i) mínimo de US$500.000.000 al cierre del último ejercicio, y (ii) mínimo promedio de US$400.000.000 de los últimos tres ejercicios.
    2. Total de activos no inferior a (i) US$1.000.000.000 al cierre del último ejercicio y (ii) US$900.000.000 promedio durante los últimos tres ejercicios.
  1. Requisitos técnicos y contrato de asistencia técnica (CAT)

El operador técnico –que podrá ser el oferente, uno de sus miembros o un tercero- deberá tener experiencia en operación y mantenimiento de sistemas de transporte de gas natural por ductos de una longitud no menor a 500 km y con un diámetro no menor a 30 pulgadas, con presión de operación no menor a 60 bar, por al menos 10 años, 5 de ellos consecutivos, en los últimos 15 años.

El oferente –o sus miembros en conjunto- deberán tener experiencia en la administración, gestión o dirección de proyectos de gasoducto con una longitud no menor a 250 km de extensión, con un diámetro no menor a 24 pulgadas y al menos 28.000 HP de capacidad de compresión instalada, desde los estudios de ingeniería hasta la puesta en operación comercial, en los últimos 15 años.

Se prevé la firma de un contrato de asistencia técnica (CAT) entre el operador técnico y la licenciataria como condición precedente al otorgamiento de la licencia, que deberá estar vigente como mínimo por los primeros 8 años de la licencia.

  1. Oferta: propuesta técnica y económica

La oferta estará compuesta por una propuesta técnica y una propuesta económica.

La propuesta técnica deberá acompañar toda la documentación de respaldo que acredite el cumplimiento por parte del oferente de los requisitos bajo el Pliego. Además, se deberá incluir un proyecto técnico del “Sistema de Transporte de Gas del Centro” a desarrollar en la Fase 1 (Tratayén-Salliqueló).

La propuesta económica deberá consignar el precio ofrecido por el contrato de transporte firme con CAMMESA, expresando en dólares estadounidenses el cargo mensual por metro cúbico diario de capacidad de transporte reservada de gas natural de 9.300 kcal/m3 –sin incluir  IVA, impuesto a los ingresos brutos e impuesto a los créditos y débitos-, entre la Subzona Neuquén, en las proximidades de la localidad de Tratayén, Provincia de Neuquén, y la localidad de Salliqueló, en la Provincia de Buenos Aires.

Para asegurar el mantenimiento de la oferta, se exigirá una garantía de US$5.000.000 mediante (i) una garantía bancaria emitida por un banco local o del exterior, (ii) una póliza de seguro de caución extendida por una aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, o (iii) una carta de crédito stand-by otorgada por un banco local o del exterior.

  1. Apertura y evaluación de ofertas

La apertura de sobres será en dos etapas: análisis de propuesta técnica y luego económica. En una primera etapa se abrirán los sobres con la propuesta técnica de cada oferta recibida y se reservarán los sobres con la propuesta económica.

Los oferentes podrán tomar vista y solicitar copias en formato electrónico de todas las ofertas presentadas. Una comisión evaluadora procederá al análisis de la propuesta técnica, pudiendo solicitar aclaraciones e información adicional y dando lugar a la corrección de omisiones o errores formales. El cronograma previsto es el siguiente:

    1. Dictamen no vinculante: En un plazo de 10 días hábiles desde el acto de apertura, la comisión evaluadora expedirá un dictamen no vinculante sobre cada oferta, indicando si la oferta es admisible o inadmisible. Este dictamen será impugnable por los oferentes dentro del plazo de 3 días hábiles.
    2. Preselección: Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha del dictamen de evaluación, se emitirá el acto administrativo de preselección de ofertas.
    3. Apertura de sobres con propuesta económica: Dentro de los 3 días hábiles posteriores al acto de preselección, se procederá a la apertura de sobres con la propuesta económica. Los oferentes podrán tomar vista y solicitar copia en formato electrónico de todas las propuestas abiertas.
    4. Empate: Se considerará que hay empate cuando la diferencia entre las propuestas económicas no supere el 3% entre los valores ofertados. En tal caso, las respectivas oferentes tendrán un día hábil para mejorar o ratificar sus ofertas.
    5. Dictamen con orden de mérito: Dentro de los 3 días hábiles posteriores al acto de apertura de las propuestas económicas, la comisión evaluadora emitirá un dictamen fundado indicando el orden de mérito de las ofertas admisibles y su recomendación de adjudicación según un criterio de menor valor en la propuesta económica. Se admitirán impugnaciones al dictamen dentro de los 3 días hábiles.
    6. Adjudicación: El acto administrativo de adjudicación se emitirá dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha del dictamen de evaluación de propuestas económicas. El mismo acto resolverá sobre las impugnaciones que se hubieran presentado contra el dictamen.
  1. Términos principales de la licencia de Transportadora de Gas del Centro S.A.: RET y régimen general

Previo a la suscripción de la licencia, el adjudicatario deberá constituir una sociedad anónima en los términos de la Ley General de Sociedades denominada “Transportadora de Gas del Centro S.A.” (“TGC”), con objeto específico y exclusivo, y con un capital social mínimo de $100.000.000.

TGC suscribirá la licencia dentro de los 30 días a partir de la notificación del acto de adjudicación, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Pliego, tales como la firma del CAT.

La licenciataria deberá constituir una garantía para asegurar el cumplimiento de la obligación de alcanzar el cierre del financiamiento de la Fase 1 por un monto de US$ 10.000.000. Dicha garantía será posteriormente reemplazada por otra de US$ 40.000.000 para asegurar la puesta en operación comercial de la Fase 1.

La licencia se otorga por el plazo de 35 años, con la posibilidad de una única prórroga por 10 años, de conformidad con la ley 24.076 (“Ley de Gas”).

En línea con lo establecido por el Decreto, la licencia prevé un Régimen Especial Temporario por un plazo de 17 años desde su otorgamiento –esto es, la mitad del plazo inicial de la licencia-.

Durante la vigencia del RET no serán aplicables las disposiciones de la Ley de Gas relativas a la regulación de las tarifas (Título IX) en tanto se opongan a las previsiones del Decreto relativas a la remuneración de la licenciataria (artículo 2): (i) precios libremente negociados con los cargadores; (ii) no traslado a tarifa de usuarios residenciales; y (iii) asignación directa de parte de la capacidad de transporte. Además, durante el período de vigencia del RET, el reglamento del servicio sólo podrá ser modificado con consentimiento de la licenciataria, salvo en cuestiones de seguridad.

Vencido el período de vigencia del RET y hasta la finalización del plazo de la licencia, será de aplicación, en su totalidad, el régimen previsto en la Ley de Gas.

  1. Puesta en marcha e inversiones obligatorias

La Fase 1 del proyecto (Tratayén-Salliqueló) deberá estar al menos parcialmente habilitada –construcción y habilitación de la tubería- dentro de un plazo de 18 meses desde el otorgamiento de la licencia, y  deberá estar totalmente habilitada a más tardar a los 24 meses. Excepcionalmente, el Enargas podrá habilitar una extensión de los plazos.

Dentro de los 2 meses desde la entrada en vigencia de la licencia, la licenciataria deberá presentar el proyecto definitivo de construcción y habilitación de la Fase 1, sobre la base del proyecto técnico presentado en la oferta. Además, la licenciataria deberá acreditar el cierre del financiamiento dentro de los 6 meses de vigencia de la licencia.

La Fase 2 del proyecto (Salliqueló-San Nicolás de los Arroyos) deberá estar en condiciones de prestar el servicio en un plazo de 60 meses desde el otorgamiento de la licencia. En caso de incumplimiento, el Enargas elevará un informe sobre la conveniencia o no (i) de licitar el tramo bajo una nueva licencia, o (ii) de extender el plazo de 60 meses por hasta un máximo de 3 años.

Con posterioridad al RET, la licenciataria deberá cumplir con las inversiones obligatorias que resulten de la determinación tarifaria y de las posteriores revisiones tarifarias realizadas por el Enargas.

  1. Especificaciones técnicas del sistema

Según las especificaciones técnicas de la licencia, la Fase 1 del gasoducto -de 570 km- deberá tener la capacidad de transportar un caudal inicial de 15 millones de m3/día de gas natural de 9.300 kcal/m3 y estará diseñado y construido de forma tal que pueda transportar, a través de ampliaciones, un caudal mínimo de 40 millones de m3/día de gas natural de 9.300 kcal/m3. El gasoducto deberá cumplir con un diámetro mínimo de 914.4 mm (36 pulgadas) y una presión mínima de diseño de 95 bar.

La Fase 2 –de 470 km- deberá cumplir con un diámetro mínimo de 762 mm (30 pulgadas) y una presión mínima de diseño de 95 bar. La capacidad de transporte final será de 20 millones de m3/día de gas natural de 9.300 kcal/m3.

  1. Consideraciones finales

El nuevo gasoducto responde a la necesidad de ampliar la capacidad de transporte existente para el transporte del gas natural producido en la Cuenca Neuquina hacia los grandes centros de consumo del país,  Adicionalmente, incrementará el abastecimiento de gas al mercado local, y una vez construida las plantas de licuefacción de gas requeridas, permitirá la exportación de gas natual licuado (GNL).