Se reducen los derechos de exportación para MIPYMES
El nuevo Decreto 302/2021 dispone desgravaciones a los derechos de exportación de las exportaciones para consumo que realicen las micro, pequeñas y medianas empresas.
El Decreto 302/2021 del 8 de mayo de 2021 dispuso desgravaciones a los derechos de exportación de las exportaciones para consumo que realicen las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).
Aplican para este beneficio las MIPYMES que en el año calendario inmediato anterior no hayan excedido los USD 3 000 000 de valor FOB en exportaciones o no hayan exportado en absoluto.
El universo de mercaderías alcanzadas por la reducción comprende desde mercaderías de la industria pesquera y química hasta maderera y electrónica; y está detallado en el Anexo de la norma.
El beneficio implica una desgravación total de los derechos de exportación aplicables a los primeros USD 500 000 de valor FOB de mercadería exportada en el año. Sobre el excedente de dicho monto y hasta alcanzar los USD 1 000 000 de valor FOB, la exención alcanza al 50 % de la alícuota aplicable de derechos de exportación según la posición arancelaria de la mercadería.
La medida no alcanza a las operaciones realizadas por cuenta y orden de terceros.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.