Se prorroga nuevamente la prohibición de despidos y suspensiones
El 28 de junio, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 413/2021 que prorroga hasta el 31 de diciembre 2021 la prohibición de despedir sin justa causa y de disponer despidos y suspensiones por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. Además, prorroga la presunción de la COVID-19 como enfermedad profesional.
El Decreto mantiene como excepción de la prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Los despidos y suspensiones en contravención con el Decreto que sean ordenados por los empleadores no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Asimismo, resuelve que las prohibiciones no serán aplicables a las contrataciones celebradas luego de la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19.
Por último, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la presunción referida a que la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se considerará una enfermedad de carácter profesional no listada respecto de los trabajadores dependientes que hubieran prestado tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.