Se prorroga la suspensión de exclusiones a regímenes de percepción sobre importaciones a consumo
La Resolución General 5476/2023 (B.O. 29/12/2023) extiende el plazo de vigencia de las normas que establecían la no aplicación de los certificados de exclusión en el Impuesto al Valor Agregado y en el Impuesto a las Ganancias para las percepciones sufridas en importaciones a consumo.
La norma publicada por la AFIP amplía la suspensión de la aplicación de certificados de exclusión dispuesta en la Resolución General 5339/2023 (B.O. 29/3/2023) para operaciones de importación a consumo hasta el 30 de junio de 2024.
Esto no implicaba la anulación de los certificados de exclusión que los contribuyentes hayan obtenido en función de su posición favorable en el Impuesto al Valor Agregado o el Impuesto a las Ganancias, sino solamente su imposibilidad de aplicarlos para que no se generen las percepciones sufridas en importaciones a consumo. Salvo contadas excepciones, el importador sufría las percepciones por estos tributos a pesar de tener el certificado de exclusión pertinente.
La Resolución General 5476/2023 modifica el criterio de imputación de los pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado y determina que deben ser computados en los períodos fiscales en los que tuvieron lugar las importaciones a consumo correspondientes.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.