ARTÍCULO

Se posterga la vigencia del nuevo Reglamento del RAMATEL

ENACOM postergó la entrada en vigencia del nuevo régimen para asegurar su adecuada implementación.

1 de Septiembre de 2026
Se posterga la vigencia del nuevo Reglamento del RAMATEL

El 28 de agosto de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 843/2026 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Allí se postergó hasta el 1.° de diciembre de 2026 la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).

El nuevo régimen de homologación y certificación de equipos de telecomunicaciones fue aprobado mediante la Resolución 57/2026 del ENACOM, publicada en febrero de 2026. Entre otras disposiciones, esa norma aprobó el nuevo Reglamento del RAMATEL, el Reglamento del Registro de Laboratorios de Ensayos de Materiales de Telecomunicaciones y el Reglamento del Registro de Agencias de Certificación de Materiales de Telecomunicaciones.

De acuerdo con la Resolución 57/2026, el nuevo Reglamento del RAMATEL debía entrar en vigencia el 1.° de septiembre de 2026. Sin embargo, ENACOM consideró que no se encontraban dadas las condiciones indispensables para su correcta implementación dentro del plazo inicialmente previsto. Por este motivo, para completar las tareas pendientes y asegurar una implementación adecuada, ordenada y eficiente del nuevo régimen, postergó su entrada en vigencia hasta el 1.° de diciembre de 2026.

Hasta esa fecha, las inscripciones en el RAMATEL continuarán tramitándose según el régimen anterior y tendrán una vigencia de tres años, a cuyo vencimiento deberán adecuarse al nuevo Reglamento del RAMATEL. En caso contrario, serán dadas de baja automáticamente.

En concordancia con esta prórroga, la derogación de las normas que integran el régimen actualmente aplicable también fue postergada hasta el 1.° de diciembre de 2026.