ARTÍCULO
Se modifica el régimen de rancho y provisiones de a bordo
Se unificaron las normas que regulan el régimen de rancho y provisiones de a bordo de combustibles y de otras mercaderías.
3 de Febrero de 2026
El 16 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General ARCA 5797/2025. Allí se unifica y actualiza el régimen de rancho, provisiones de a bordo y suministros para medios de transporte acuáticos y aéreos.
Se detallan a continuación los aspectos relevantes de la Resolución:
- El declarante, proveedor y compañía de transporte serán responsables solidarios.
- Se elimina el esquema separado para rancho de combustible y se dejan sin efecto los procedimientos para provisiones de medios acuáticos y aéreos, reemplazándolos por un sistema único. Queda exceptuado de esta unificación el “Buque abastecedor de combustible para rancho de otras embarcaciones” (BARA).
- Se instaura el uso obligatorio del SIM (Sistema Informático MALVINA) por lo que todas las solicitudes deben registrarse en subregímenes específicos (ER01 a ER04).
- Se establece la “Declaración mensual única”. Como excepción a la regla de declarar una solicitud por cada viaje del medio de transporte, se crea un régimen especial de declaración mensual para los servicios fluviales y para las compañías aéreas y sus proveedores de a bordo que presten servicios fluviales regulares o de transporte de pasajeros entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay. Así, se permite registrar una declaración mensual por cada medio de transporte.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.