Se eliminan las limitaciones para la creación e integración de las agencias regionales que establezca la UIF
De esta manera, se busca optimizar la competencia del organismo para que las medidas que se adopten sean proporcionales a los riesgos identificados.
El 20 de febrero de 2023 se publicó el Decreto N° 85/2023 que modificó el artículo 7 del Anexo I del Decreto n.° 290/2007, otorgándole a la Unidad de Información Financiera UIF el poder de crear las agencias regionales necesarias para poder optimizar sus competencias en cada región.
Las agencias regionales le permiten a la UIF mejorar las tareas de análisis de información financiera y la supervisión y cooperación con los sujetos obligados y los organismos públicos y privados para facilitar el envío y recepción de información. De esta forma, la UIF colabora con la prevención de ilícitos, provenientes del lavado de activos y de la financiación del terrorismo, tanto por organizaciones de escala nacional como internacional.
Asimismo, el decreto elimina el límite a la cantidad de agentes en cada una de las agencias regionales y los varios requisitos que debían cumplir para ocupar estos cargos.
El 24 de febrero de 2023, luego de la publicación del decreto, la UIF dispuso a través de la Resolución n.° 31/2023 crear una agencia regional en la Región Central, integrada por las provincias de Córdoba y Santa Fe, con sede en la ciudad de Rosario. La locación de esta sede es consecuencia de su actual lucha frente a la criminalidad organizada en general y al tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes en particular, entendido como uno de los delitos precedentes del lavado de activos.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.