ARTÍCULO

Se deroga régimen informativo de operaciones internacionales

Aplicaba en el ámbito de ARCA y alcanzaba operaciones económicas concertadas entre residentes en el país y representantes de sujetos o entes del exterior.

15 de Septiembre de 2025
Se deroga régimen informativo de operaciones internacionales

La Resolución General 5752/2025 (RG 5752) −dictada por la Agencia Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada en el Boletín Oficial el 4 de septiembre de 2025− deroga la Resolución General 3285/2012 y su modificatoria (RG 3285).

La RG 3285 establecía un régimen de información respecto de toda operación económica, cualquiera fuera su naturaleza, aun a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actuaban en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior. Su Anexo I enumeraba, a modo ejemplificativo, las operaciones que debían ser informadas, entre ellas: compraventa de bienes registrables, compraventa de títulos valores, cesión de derechos, negociación con derivados financieros, constitución de fideicomisos, constitución de sociedades, reorganización de sociedades, intermediación financiera, etc. Al no ser una enumeración taxativa, una gran cantidad de operaciones quedaban alcanzadas por este régimen de información.
 

En términos generales, quienes se encontraban obligados a cumplir con este régimen y reportar las operaciones eran:

  1. los representantes en el país, cualquiera fuera su la modalidad de representación, de los sujetos o entes del exterior (por ejemplo, aquellos residentes en el país que actuaban en carácter de representantes legales de una sociedad extranjera en los términos del artículo 123 de la Ley General de Sociedades);
  2. quienes intervenían en calidad de prestadores argentinos de servicios, tales como escribanos, bancos, etc.


La RG 5752 aplica a las operaciones concertadas a partir del 1.° de septiembre de 2025, mientras que la RG 3285 continúa vigente para las operaciones acaecidas durante su vigencia.