Se creó un nuevo régimen de fomento de inversión para promover las exportaciones
El nuevo régimen de fomento de inversión para las exportaciones busca favorecer la generación de divisas para aumentar las capacidades productivas locales.
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 234/2021, publicado el 7 de abril de 2021 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) creó el régimen de fomento de inversión para las exportaciones para promover el desarrollo y crecimiento económico a nivel nacional. Asimismo, el Banco Central dictó la Comunicación “A” 7259, de fecha 8 de abril de 2021, que implementa dicho régimen.
Decreto N° 234/2021
Entre las disposiciones del Decreto, se destacan:
- Su ámbito de aplicación solo abarcará las inversiones destinadas a poner en marcha nuevos proyectos productivos en actividades foresto-industriales, mineras, hidrocarburíferas, de industrias manufactureras y agroindustriales, así como a la ampliación de unidades de negocio ya existentes, que requieran inversión con el fin de aumentar su producción.
- Se deberá cumplir determinados requisitos, entre ellos, la presentación de un proyecto de inversión para la exportación que implique una inversión directa en moneda extranjera no inferior a un monto de USD 100 000 000.
- Los beneficiarios deberán cumplir con los planes de inversión y desarrollo en los términos y plazos de los proyectos aprobados por el Ministerio de Economía y al Ministerio de Desarrollo Productivo.
- Los beneficiarios gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el 20 % de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados y/o a la repatriación de inversiones directas de no residente.
- El beneficio no podrá superar un máximo anual equivalente al 25 % del monto bruto de divisas ingresadas en el mercado de cambios para financiar el desarrollo del proyecto, y podrá aplicarse una vez transcurrido un año aniversario desde que se haya hecho efectivo el ingreso de las divisas.
- El plazo para acogerse a los beneficios será de 3 años, y los proyectos aprobados gozarán de estabilidad normativa en materia cambiaria por el término de 15 años.
- El Banco Central elaborará la evaluación técnica previa de los proyectos en lo atinente a su impacto sobre la balanza de cambios, emitiendo el informe correspondiente a la normativa aplicable, que será remitido a la autoridad de aplicación para su consideración en el otorgamiento de los beneficios.
Comunicación “A” 7259
En línea con lo dispuesto por el Decreto, la Comunicación establece principalmente lo siguiente:
- Entre los supuestos para los cuales se puede aplicar, agrega el beneficio de pago de capital e intereses de deudas por la importación de bienes y servicios.
- El monto bruto de las divisas ingresadas (a los fines de calcular el monto máximo anual del 25 %) surgirá del monto acumulado de las liquidaciones efectuadas en el mercado de cambios a partir del 7 de abril de 2021 en concepto de endeudamientos financieros con el exterior y aportes de inversión extranjera directa.
- Los exportadores comprendidos en el Régimen deberán designar una entidad financiera local para que realice el seguimiento del proyecto de inversión.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.