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Se ajustan los límites de inversión para FCI de Dinero

La CNV redistribuye topes entre plazos fijos tradicionales y precancelables, y precisa el tratamiento de activos a devengamiento y de deuda de corto plazo.

22 de Enero de 2026
Se ajustan los límites de inversión para FCI de Dinero

El 23 de diciembre de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General 1096. Allí se modifica la normativa aplicable a los Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Mercado de Dinero Clásicos. La medida responde a la solicitud del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y ordena los topes de cartera entre plazos fijos no precancelables (activos a devengamiento) y plazos fijos precancelables (valuados a precio de realización/mercado), preservando el límite agregado de inversión del 70 % del patrimonio para ambos tipos de depósitos.

 

Nuevos topes por clase de instrumento

  • Plazos fijos no precancelables (a devengamiento): hasta 50 % del patrimonio del fondo.
  • Plazos fijos precancelables en período de precancelación (a precio de realización/mercado): hasta 50 % del patrimonio del fondo.
  • Límite agregado: entre ambas modalidades de plazos fijos: 70 % del patrimonio del fondo.

 

Activos a devengamiento y margen de liquidez
 

  • Activos a devengamiento distintos de plazos fijos: tope de 35 % del patrimonio.
     
  • Suma de activos a devengamiento (plazos fijos no precancelables más otros a devengamiento): no más del 50 % del patrimonio.
  • Intereses devengados de cuentas a la vista: computan dentro del 35 % de activos a devengamiento; si se capitalizan, pasan a valuarse a precio de realización/mercado y no requieren margen de liquidez.

 

Deuda de corto plazo adicional

Se admite, adicionalmente, la adquisición de títulos representativos de deuda con vencimiento final no mayor a un año desde la compra, por hasta el 20 % del patrimonio del fondo.