Se ajustan los límites de inversión para FCI de Dinero
La CNV redistribuye topes entre plazos fijos tradicionales y precancelables, y precisa el tratamiento de activos a devengamiento y de deuda de corto plazo.
El 23 de diciembre de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General 1096. Allí se modifica la normativa aplicable a los Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Mercado de Dinero Clásicos. La medida responde a la solicitud del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y ordena los topes de cartera entre plazos fijos no precancelables (activos a devengamiento) y plazos fijos precancelables (valuados a precio de realización/mercado), preservando el límite agregado de inversión del 70 % del patrimonio para ambos tipos de depósitos.
Nuevos topes por clase de instrumento
- Plazos fijos no precancelables (a devengamiento): hasta 50 % del patrimonio del fondo.
- Plazos fijos precancelables en período de precancelación (a precio de realización/mercado): hasta 50 % del patrimonio del fondo.
- Límite agregado: entre ambas modalidades de plazos fijos: 70 % del patrimonio del fondo.
Activos a devengamiento y margen de liquidez
- Activos a devengamiento distintos de plazos fijos: tope de 35 % del patrimonio.
- Suma de activos a devengamiento (plazos fijos no precancelables más otros a devengamiento): no más del 50 % del patrimonio.
- Intereses devengados de cuentas a la vista: computan dentro del 35 % de activos a devengamiento; si se capitalizan, pasan a valuarse a precio de realización/mercado y no requieren margen de liquidez.
Deuda de corto plazo adicional
Se admite, adicionalmente, la adquisición de títulos representativos de deuda con vencimiento final no mayor a un año desde la compra, por hasta el 20 % del patrimonio del fondo.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.