ARTÍCULO

Restricciones a la circulación y al trabajo

Aspectos laborales del Decreto de Necesidad y Urgencia 235/2021.

8 de Abril de 2021
Restricciones a la circulación y al trabajo

El 8 de abril, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 235/2021 (el Decreto) que ordena, entre otras cuestiones, restricciones a la circulación de las personas y demás medidas tendientes a mitigar la propagación del Virus SARS-Cov-2 que produce la enfermedad conocida como COVID-19.
 

El Decreto establece que:
 

  • No podrán circular las personas que sean caso confirmados, casos sospechosos, o contacto estrecho de COVID-19.
     
  • Los empleadores deberán fomentar el teletrabajo para las personas que puedan realizar su actividad laboral bajo esa modalidad.
     
  • Continua vigente la suspensión del deber de asistencia al trabajo para las personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas y quienes posean patologías prexistentes enunciadas en los denominados grupos de riesgo.
     
  • El uso del transporte público continúa restringido para los trabajadores esenciales (definidos localmente como “personas que realizan una actividad esencial”) y las personas que reciben tratamiento médico y sus cuidadores, así como para el personal y los estudiantes que asisten a clases presenciales y quienes deban asistir a vacunarse.
     
  • Se suspenden viajes de egresados, de jubilados, de estudio, competencias deportivas no oficiales y grupos turísticos.
     
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán realizarse siempre y cuando cuenten con un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria correspondiente.
     
  • Se suspenden las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.
     
  • Los locales gastronómicos no podrán operar entre las 23 horas y las 6 horas del día siguiente.
     
  • Se prohíbe la circulación de personas entre las cero horas y las seis horas en el Área Metropolitana de Buenos Aires y en las zonas de alto riesgo epidemiológico sanitario.
     

El decreto estará vigente desde el 9 y hasta el 30 de abril, inclusive.