Regímenes de recaudación bajo la lupa de la Corte
La CSJN admitió su competencia originaria y otorgó medidas cautelares en dos causas sobre los regímenes de retención y percepción de Misiones.
El 27 de agosto de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dictó dos importantes pronunciamientos en las causas “Cannon Puntana Sociedad Anónima c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de certeza” y “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Agencia Tributaria de Misiones A.T.M. s/ acción mere declarativa de inconstitucionalidad”. En ellas se cuestionaron distintos regímenes de retención, percepción y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicados por la provincia de Misiones.
En ambos casos, las empresas sostuvieron que los regímenes de recaudación de Misiones generaban retenciones y percepciones respecto de operaciones desarrolladas fuera del territorio de la provincia. Esto producía acumulaciones significativas de saldos a favor de difícil o imposible recuperación.
La Corte consideró que las demandas plantean una cuestión federal suficiente para habilitar su competencia originaria, ya que requieren determinar si los regímenes cuestionados afectan principios constitucionales vinculados con la libre circulación de mercaderías, el comercio interprovincial y la prohibición de aduanas interiores. En el caso de “Establecimiento Las Marías”, además, entendió que la controversia exige analizar si existe una extralimitación territorial de las potestades tributarias provinciales, al vincularse también a ingresos derivados de actividad exportadora desarrollada en otras provincias.
Asimismo, el Tribunal otorgó una tutela cautelar favorable a los contribuyentes:
• En “Cannon”, ordenó a la provincia de Misiones que arbitre los medios necesarios para que no se practiquen retenciones ni percepciones bajo la Resolución General DGR 3/93 respecto de actividades desarrolladas fuera del territorio provincial, hasta el dictado de la sentencia definitiva.
• En “Establecimiento Las Marías”, ratificó la medida cautelar previamente otorgada, manteniendo suspendida la aplicación de los distintos regímenes impugnados (incluyendo retenciones, percepciones, recaudaciones bancarias y anticipos sobre mercadería ingresada a la provincia).
Estos pronunciamientos resultan particularmente relevantes para empresas que registran elevados saldos a favor del Impuesto sobre los Ingresos Brutos como consecuencia de regímenes de recaudación. Si bien la Corte aún no se expidió sobre el fondo de la controversia, los fallos constituyen un antecedente relevante y refuerzan la posibilidad de cuestionar judicialmente mecanismos recaudatorios provinciales a la luz de las garantías reconocidas por la Constitución Nacional. Asimismo, los pronunciamientos fundamentalmente revitalizan la posibilidad de acceder a la competencia originaria del Alto Tribunal en casos que, actualmente, tienen un peso preponderante en la matriz tributaria de las empresas argentinas.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.