ARTÍCULO

Rechazo de la Comisión Europea a la Resolución del Parlamento Europeo sobre prohibición del uso de cianuro

1 de Julio de 2010
Rechazo de la Comisión Europea a la Resolución del Parlamento Europeo sobre prohibición del uso de cianuro
En nuestra edición del mes de mayo de 2010 informamos sobre la Resolución del Parlamento Europeo [Resolución (2010)0145] en virtud de la cual solicitaba a la Comisión Europea que proponga la prohibición completa del “uso de las tecnologías mineras a base de cianuro en la Unión Europea antes de finales de 2011”, con la finalidad de proteger los recursos hídricos y ecosistemas de la contaminación por cianuro procedente de las actividades mineras.
El 23 de junio del corriente año, se dio a conocer la posición de la Comisión Europea respecto de la Resolución citada en el párrafo precedente, a través de una respuesta dada por el Comisionado Europeo Potocnik en representación de la Comisión Europea.
 
En tal sentido, la citada respuesta señala que:
 
(a) Luego de un profundo análisis de la cuestión planteada por la Resolución (2010)0145, la Comisión Europea considera que “la prohibición general del cianuro en actividades mineras no se encuentra justificada desde el punto de vista ambiental ni de la salud en general”.
 
(b) Existe legislación (Directiva 2006/21/EC) que incluye precisos y estrictos recaudos para asegurar un nivel de seguridad apropiado para los residuos generados por la industria minera. Así, señala que “los valores límites para el almacenamiento de cianuro definidos en la Directiva citada precedentemente son lo más estrictos posible e implican, en la práctica, un paso hacia la destrucción del cianuro luego de que es almacenado”.
 
(c) Debido a la falta de una mejor tecnología alternativa (en el sentido de causar menor impacto al medioambiente), “una prohibición general para el uso del cianuro implicaría el cierre de minas que se encuentran operando en condiciones de seguridad apropiadas”. Ello iría en detrimento del empleo sin ningún valor agregado para la salud o el medioambiente.
 
(d) La Comisión Europea considera que la prioridad debería ser el aseguramiento de la aplicación de la Directiva 2006/21/EC por los Estados Miembros.