Proyecto de ley: vinos espumantes
El 30 de mayo de 2014 los senadores Rolando A. Bermejo, Aníbal D. Fernández, Ruperto E. Godoy, Mirtha M. T. Luna y Miguel Á. Pichetto presentaron un proyecto de ley (S-1495/14) donde se propone modificar el artículo 17, inciso c), de la ley Nº 14.878 (Ley General de Vinos) para que los vinos “espumosos, champaña o champagne” sean denominados con un único nombre, a saber “vinos espumantes”.
Además, el mismo proyecto deroga los artículos 33 y 34 de la Ley Nº 24.674 de Impuestos Internos.
Este proyecto se adecua a la tendencia internacional de respetar las denominaciones de origen (en este caso “champagne”) y al mismo tiempo persigue otorgar un justo tratamiento impositivo a los vinos espumantes, que en la Argentina son los únicos productos de la cadena vitivinícola que han quedado gravados por la Ley Nº 24.674 de Impuestos Internos (si bien la aplicación de la ley está suspendida por los Decretos Nos. 235/13 y 266/14).
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.