Proyecto de ley sobre recetas médicas electrónicas
Durante el mes de agosto de 2019 se presentó un proyecto de ley para la prescripción y venta de medicamentos utilizando recetas electrónicas.
El proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la Nación tiene por objeto permitir la prescripción y dispensación de recetas médicas electrónicas en todo el territorio de la República Argentina. El proyecto será de aplicación para toda receta o prescripción médica, odontológica o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.
Este proyecto dispone que los medicamentos prescriptos a través de una receta electrónica podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector de salud habilitados para tal fin.
A los efectos de su implementación, el proyecto indica que se deberán desarrollar y/o adecuar los sistemas electrónicos existentes, y normatizar su implementación para utilizar las recetas electrónicas. El Poder Ejecutivo Nacional y cada jurisdicción deberán designar los organismos responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica, quienes deberán garantizar la custodia de las bases de datos de prescripción, dispensación y archivo, así como también establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas aplicables.
El proyecto dispone modificar el inciso 7 del artículo 19 de la Ley de Ejercicio de la Medicina N° 17.132, permitiendo a los profesionales médicos prescribir y/o recetar en formularios físicos o electrónicos y firmar con firma manuscrita, electrónica o digital. El proyecto aclara que cuando las prescripciones o recetas sean redactadas electrónicamente, la firma y demás requisitos técnicos y legales deberán adecuarse a la legislación especial vigente.
El proyecto también propone modificar el artículo 10 de la Ley N° 17.132, a fin de autorizar a las farmacias a llevar sus libros y registros obligatorios en forma electrónica de acuerdo con la legislación especial aplicable (como ser: el libro recetario, libro de inspecciones, libro de contralor de estupefacientes y otros registros o archivos digitales que la autoridad competente estime pertinentes).
El proyecto también propone la incorporación de un artículo en la Ley de Estupefacientes N° 17.818 y en la Ley para la Comercialización, Circulación y Uso de Drogas N° 19.303, permitiendo que las recetas mencionadas en esas leyes puedan ser redactadas electrónicamente.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.