ARTÍCULO

Proyecto de ley sobre recetas médicas electrónicas

Durante el mes de agosto de 2019 se presentó un proyecto de ley para la prescripción y venta de medicamentos utilizando recetas electrónicas.

15 de Octubre de 2019
Proyecto de ley sobre recetas médicas electrónicas

El proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la Nación tiene por objeto permitir la prescripción y dispensación de recetas médicas electrónicas en todo el territorio de la República Argentina. El proyecto será de aplicación para toda receta o prescripción médica, odontológica o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.

Este proyecto dispone que los medicamentos prescriptos a través de una receta electrónica podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector de salud habilitados para tal fin.

A los efectos de su implementación, el proyecto indica que se deberán desarrollar y/o adecuar los sistemas electrónicos existentes, y normatizar su implementación para utilizar las recetas electrónicas. El Poder Ejecutivo Nacional y cada jurisdicción deberán designar los organismos responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica, quienes deberán garantizar la custodia de las bases de datos de prescripción, dispensación y archivo, así como también establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas aplicables.

El proyecto dispone modificar el inciso 7 del artículo 19 de la Ley de Ejercicio de la Medicina N° 17.132, permitiendo a los profesionales médicos prescribir y/o recetar en formularios físicos o electrónicos y firmar con firma manuscrita, electrónica o digital. El proyecto aclara que cuando las prescripciones o recetas sean redactadas electrónicamente, la firma y demás requisitos técnicos y legales deberán adecuarse a la legislación especial vigente.

El proyecto también propone modificar el artículo 10 de la Ley N° 17.132, a fin de autorizar a las farmacias a llevar sus libros y registros obligatorios en forma electrónica de acuerdo con la legislación especial aplicable (como ser: el libro recetario, libro de inspecciones, libro de contralor de estupefacientes y otros registros o archivos digitales que la autoridad competente estime pertinentes).

El proyecto también propone la incorporación de un artículo en la Ley de Estupefacientes N° 17.818 y en la Ley para la Comercialización, Circulación y Uso de Drogas N° 19.303, permitiendo que las recetas mencionadas en esas leyes puedan ser redactadas electrónicamente.