ARTÍCULO
Proyecto de ley para modificar la Ley de Marcas: nuevas delegaciones del INPI en el interior del país
El 10 de julio de 2013 la diputada Anabel Fernández Sagasti presentó un proyecto de ley modificando el artículo 10 de la Ley 22.362 de Marcas y Designaciones, en el cual se dispone la creación de delegaciones del Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual (INPI) en el interior del país.
4 de Septiembre de 2014
El actual artículo 10 de la Ley 22.362 establece que quien desee obtener el registro de una marca debe presentar una solicitud por cada clase, incluyendo su nombre, domicilio real y un domicilio especial constituido en la Capital Federal, junto con la descripción de la marca y la indicación de los productos o servicios que desee distinguir.
El proyecto modifica la mención de la “Capital Federal” por “Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, concordantemente con la reforma constitucional que le otorgó ese carácter a la ciudad de Buenos Aires.
Por otro lado, agrega a ese artículo 10 un párrafo donde obliga al INPI a crear delegaciones regionales para llevar a cabo el trámite correspondiente al registro de una marca. En sus fundamentos el proyecto invoca la necesidad de una descentralización administrativa y el propósito de federalizar el INPI
Para información adicional, por favor contactar a:
Iván A. Poli
Florencia Tablado
El proyecto modifica la mención de la “Capital Federal” por “Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, concordantemente con la reforma constitucional que le otorgó ese carácter a la ciudad de Buenos Aires.
Por otro lado, agrega a ese artículo 10 un párrafo donde obliga al INPI a crear delegaciones regionales para llevar a cabo el trámite correspondiente al registro de una marca. En sus fundamentos el proyecto invoca la necesidad de una descentralización administrativa y el propósito de federalizar el INPI
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Iván A. Poli
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Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.