ARTÍCULO

Proyecto de Ley de Semillas

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca elaboró un Proyecto de Ley de Semillas, ampliamente difundido y discutido el año pasado porque introduce dos modificaciones significativas a la vigente Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de 1973.
6 de Mayo de 2013
Proyecto de Ley de Semillas

En rigor, el proyecto incorpora varios cambios, que, en líneas generales, persiguen adecuar el régimen argentino al Convenio de la UPOV 91, pero las dos novedades centrales son la modificación del principio del uso propio por el agricultor, también conocido como “excepción del agricultor” y la introducción del concepto “variedad esencialmente derivada”.

El proyecto establece que el agricultor que la excepción del agricultor está limitada a los agricultores que (a) trabajen en forma exclusiva y personalmente una única explotación agraria, (b) residan en la explotación agraria o en el conglomerado urbano o rural más próximo, (c) obtengan más del 80% de sus ingresos netos totales anuales de la explotación agraria, y (d) ejerzan la dirección y administración de su explotación agraria.

El proyecto también contempla las “variedades esencialmente derivadas”, donde quien genera una planta transgénica a partir de una variedad inicial de un tercero no podrá comercializarla sin la autorización del titular de la inicial.




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Cv   Iván A. Poli
Cv   Gloria Montaron Estrada