ARTÍCULO
Provisión de energía eléctrica de fuentes renovables: Biomasa y Biocombustibles
La empresa estatal Energía Argentina S.A. convocó a dos nuevas licitaciones para la contratación de energía eléctrica generada a partir de fuentes renovables, en este caso Biomasa y Biocombustibles.
30 de Julio de 2010
La empresa estatal Energía Argentina S.A (“ENARSA”) ha convocado en el día de la fecha a dos licitaciones públicas nacionales e internacionales (las “Licitaciones”) para la celebración de contratos de provisión de energía eléctrica generada por Biomasa y Biocombustibles (los “Contratos”).
Esta convocatoria se ha efectuado en el marco de los requerimientos sobre provisión de energía eléctrica de fuentes renovables establecidos por la Ley N° 26.190 (ver “Medidas para hacer frente a las contingencias del suministro energético en 2008” publicado en Marval News # 69 y “Régimen de fomento para la generación de energía eléctrica con fuentes renovables” publicado en Marval News # 83) y continúa con el camino iniciado por la Licitación ENARSA N° EE01/09 (la “Licitación 2009”; ver “Licitación Pública para la Generación de Energía de Fuentes Renovables. Nuevos plazos y garantías” publicado en Marval News # 89 y “Provisión de energía eléctrica de fuentes renovables” publicado en Marval News # 93).
1. Objeto de las Licitaciones
El objeto de las Licitaciones es la contratación de energía eléctrica y disponibilidad de potencia, producidas a partir de nuevas centrales de generación de energía eléctrica a partir Biomasa y Biocombustibles (las “Centrales”).
Los adjudicatarios de las Licitaciones deberán instalar, poner en funcionamiento y obtener la habilitación comercial de las Centrales. Asimismo los adjudicatarios deben operar y mantener las Centrales durante toda la vigencia de los Contratos.
2. Características generales
Según se prevé en los pliegos respectivos, los adjudicatarios de las Licitaciones se convertirán en contratistas proveedores de ENARSA, proveyendo disponibilidad de potencia y energía.
ENARSA será agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (“MEM”) proveyéndole a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (“CAMMESA”) la disponibilidad de potencia y la energía que le será suministrada por los adjudicatarios de las Licitaciones. Para ello, ENARSA celebrará con CAMMESA los respectivos contratos de abastecimiento de energía eléctrica en el marco de lo previsto en la Resolución SE N° 712/09 (ver “Abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables” publicado en Marval News # 88).
Se establece —en ambos casos— un piso mínimo de 1 MW de potencia y un tope máximo de potencia de 50 MW sobre cada una de las centrales por las que se presente una oferta.
3. Características de los Contratos
a) El plazo será de hasta quince años, contados desde la habilitación comercial de las Centrales.
b) En el caso de las Centrales que operan a base de Biomasa la potencia no será remunerada sino que únicamente se abonará por la energía efectivamente suministrada. Las Centrales que operan con Biocombustibles serán remuneradas tanto por la disponibilidad de potencia como por la energía suministrada.
c) La remuneración se establece en dólares estadounidense y los pagos se realizarán en pesos argentinos, conforme a lo establecido por CAMMESA en su régimen de liquidaciones.
d) Los beneficios fiscales otorgados a nivel nacional, provincial y municipal por la generación de energía con fuentes renovables, serán percibidos por ENARSA.
e) Los eventuales ingresos por la colocación de “Bonos de Carbono”, serán considerados un riesgo del oferente y el eventual fracaso de su obtención no dará lugar a la revisión del precio ofertado.
f) Los Contratos pueden ser cedidos total o parcialmente, y se pueden constituir prendas y otros gravámenes sobre las Centrales, siempre y cuando se cuente con autorización expresa, previa y escrita por parte de ENARSA.
g) A fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, los oferentes que resulten adjudicatarios serán incluidos como beneficiarios del Fondo de Garantía que se constituya en el marco de la Licitación 2009 (ver “Licitación Pública para la Generación de Energía de Fuentes Renovables. Nuevos plazos y garantías” publicado en Marval News # 89).
4. Oferentes. Requisitos
Pueden presentarse como oferentes en las Licitaciones: personas físicas, sociedades regularmente constituidas, Uniones Transitorias de Empresas (UTE) y Consorcios de Cooperación Empresaria.
En las ofertas a presentar, los costos deben considerar, entre los más importantes: (i) traslado, montaje e instalación construcción e instalación de la central, pruebas de inicio, gastos generales, costos directos e indirectos de la obra, la operación y mantenimiento de la central; (ii) provisión de combustibles (en caso de corresponder); (iii) costos de la conexión a la capacidad de transporte y la adecuación de las instalaciones existentes para permitir esa conexión; y (iv) costos derivados del cumplimiento de la regulaciones aplicables.
Deberá presentarse un Estudio de Prefactibilidad Ambiental detallado que deberá ser presentado dentro de las propuestas técnicas de las ofertas.
Los oferentes deberán presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta de cien mil pesos ($ 100.000) por cada MW de potencia ofrecida. Quienes resulten adjudicatarios de los Contratos deberán integrar una Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al tres por ciento (3%) del precio total del contrato respectivo, aunque transcurrido cada año de operación se podrá reducir dicha garantía en un 6,67%.
5. Plazos
Las ofertas deben ser presentadas hasta las 12:30 hs. del día 27 de septiembre de 2010. En todos los casos, existe la posibilidad de formular ante ENARSA preguntas y pedidos de aclaraciones. El plazo para ello expira a las 16 hs. del día 20 de septiembre de 2010.
El valor del pliego es de cincuenta mil pesos ($ 50.000) y puede adquirirse hasta cinco días hábiles del vencimiento del plazo para la presentación de las Ofertas.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.