ARTÍCULO

Provincia de Santa CruzDecreto 1327, dictado por el Poder Ejecutivo provincial el 28/06/2012 (publicado en el Boletín Oficial el 19/07/2012)

10 de Agosto de 2012
Provincia de Santa CruzDecreto 1327, dictado por el Poder Ejecutivo provincial el 28/06/2012 (publicado en el Boletín Oficial el 19/07/2012)
Mediante este decreto se aprueba la reglamentación de la Ley 3105, que crea el Área de Interés Especial Minero. Entre sus disposiciones, se establece que la Secretaría de Estado de Minería, Autoridad de Aplicación de la Ley 3105, deberá elaborar un mapa donde quede delimitada el Área de Interés Especial Minero, utilizando para ello la información que determinados organismos deberán remitirle. A su vez, la Autoridad de Aplicación debe rechazar in limine las solicitudes de derechos mineros de sustancias metalíferas enumeradas en el artículo 3 inciso a) del Código de Minería, que se hubieran hecho con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 3105 y que se ubiquen fuera del Área de Interés Especial Minero. Dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, debe dejar sin efecto las solicitudes de derechos mineros sobre tales sustancias metalíferas en trámite que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 3105 no estuvieran otorgados o concedidos, y que se ubiquen fuera del Área de Interés Especial Minero y en las áreas excluidas por el artículo 2 de la Ley.